C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210722-30)
Encomienda de gestión –  Encomienda de gestión de 1 de julio de 2021, entre la Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, en materia de información y vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 173

JUEVES 22 DE JULIO DE 2021

Pág. 173

El tratamiento de los datos de la presente encomienda de gestión queda sometida a la
mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los
Anexos I y II de esta encomienda de gestión.
Séptimo
Vigencia de la encomienda
La presente encomienda de gestión estará vigente hasta la finalización de los trabajos
de recogida y análisis de muestras correspondientes al año 2021.
La presente encomienda entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 1 de julio de 2021.—La Directora General de Salud Pública, Elena Andradas Aragonés.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Pedro Irigoyen Barja.
ANEXO I
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este acuerdo de encomienda de gestión.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente acuerdo de encomienda de gestión de forma indefinida tras su finalización.
Confidencialidad

CLÁUSULAS
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Dirección General de Salud Pública tendrá la consideración de Responsable del
Tratamiento y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de

BOCM-20210722-30

Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir como consecuencia de este acuerdo de encomienda de gestión a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución
motivada en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de
aprobación escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en
la medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus
tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de esta para fines distintos de la ejecución
de esta encomienda de gestión.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos relativos a las cláusulas sobre propiedad intelectual e industrial, confidencialidad y obligación de secreto, manteniendo esta confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado o subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus
empleados, voluntarios o por subcontratados, etc.