C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210722-30)
Encomienda de gestión –  Encomienda de gestión de 1 de julio de 2021, entre la Dirección General de Salud Pública y la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, en materia de información y vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 173

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
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ENCOMIENDA de gestión de 1 de julio de 2021, entre la Dirección General de
Salud Pública y la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la
Administración de Justicia a través del Instituto de Medicina Legal y Ciencias
Forenses de la Comunidad de Madrid, en materia de información y vigilancia
del consumo de sustancias psicoactivas.

De una parte, D.a Elena Andradas Aragonés, Directora General de Salud Pública, nombrada por Decreto 37/2020, de 13 de mayo, del Consejo de Gobierno, en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11.t) del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Y de otra, D. Pedro Irigoyen Barja, Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia en virtud de nombramiento del Decreto 99/2019, de 27
de agosto, del Consejo de Gobierno, en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1
Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior en concordancia con el artículo 1 del Reglamento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de
Madrid aprobado por el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno,
EXPONEN

Que la vigilancia del consumo de sustancias psicoactivas y los problemas asociados
en la Comunidad de Madrid, siguiendo las recomendaciones estatales y europeas, se basa
fundamentalmente en tres indicadores que miden el uso problemático de estas sustancias:
“Urgencias hospitalarias por consumo de sustancias psicoactivas”, “Admisiones a tratamiento por consumo de sustancias psicoactivas” y “Mortalidad por reacción aguda a sustancias psicoactivas”.
Asimismo, para conocer el consumo de este tipo de sustancias se dispone de dos encuestas bienales: la encuesta domiciliaria sobre alcohol y drogas (EDADES) y la encuesta
sobre uso de drogas en estudiantes de educación secundaria (ESTUDES).
La mortalidad relacionada con el consumo de sustancias psicoactivas es un indicador
importante del impacto social y sanitario del uso nocivo de sustancias psicoactivas. Sin embargo recoger dichas muertes a través de los sistemas de información rutinarios presenta
una gran dificultad debido a su heterogeneidad y difícil clasificación. Por ello, tras realizar
estudios preliminares de validación de diferentes fuentes de información, se estableció un
sistema para recoger las muertes por reacción aguda a sustancias psicoactivas a partir de
fuentes forenses y toxicológicas.
El Sistema Estatal de Información sobre Toxicomanías (SEIT) se pone en marcha en el
año 1987 dentro del Plan Nacional sobre Drogas. Este Sistema de Información, que en su inicio se basaba en indicadores indirectos del consumo de opiáceos y cocaína, se amplía a partir de 1996 al resto de sustancias psicoactivas. En este momento los indicadores del SEIT están integrados junto con otros indicadores en lo que se conoce como Observatorio Español
de Drogas (OED). El indicador “mortalidad relacionada con el consumo de sustancias psicoactivas” pertenece al citado Sistema Estatal de Información de Toxicomanías (SEIT), y se
encuentra dentro del Plan Estadístico Nacional 2021-2024, por lo que es de obligado cumplimiento tal como establece el artículo 4 del Real Decreto 150/2021, de 9 de marzo, por el
que se aprueba el Programa anual 2021 del Plan Estadístico Nacional 2021-2024.
Los fallecimientos a incluir tienen que cumplir al menos uno de los siguientes criterios:
— Presencia de antecedentes de consumo reciente de sustancias psicoactivas.
— Presencia de signos de autopsia compatibles con muerte por reacción aguda al
consumo de sustancias psicoactivas.

BOCM-20210722-30

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