Madrid (BOCM-20210715-59)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Modificación Puntual Plan General Ordenación Urbana
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 167
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021
Pág. 183
Se recomienda incluir en el Contenido Ambiental de los proyectos de Urbanización y
otras actuaciones urbanísticas, incorporar en la documentación un estudio de tratamientos
de solados, y muros que faciliten la limpieza de los mismos, así como el tratamiento antigrafiti que se aplicará.
Las zonas pavimentadas, a pesar de su carácter principal de uso peatonal, siguen sufriendo el paso de vehículos medianos que realizan labores de limpieza, carga y descarga al
ubicarse en zonas comerciales o de ocio, provocando un ensuciamiento y oscurecimiento
paulatino del pavimento en los giros de ruedas en cada una de las maniobras que realizan.
Una posible solución es la aplicación de productos protectores, hoy existen en el mercado
productos que no dañan la estética de los pavimentos, porque son imperceptibles a la vista
y facilitan la limpieza”.
Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad
Se deberá incluir en el proyecto de urbanización, un análisis de saturación de la intersección de la glorieta de la calle Santa Irene, con el acceso por la puerta O’Donnell del Cementerio de la Almudena.
G. ÁREA DE GOBIERNO DE OBRAS Y EQUIPAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE MADRID
Dirección General de Conservación de Vías Públicas
Se incorporan las observaciones que se deberán tener en cuenta a la hora de redactar
el futuro proyecto sobre las instalaciones de alumbrado público exterior:
“(…) los proyectos de ejecución de la urbanización que se redacten que incluyan instalaciones de alumbrado exterior para dotar de iluminación las vías públicas municipales,
susceptibles de ser incluidas en los servicios de conservación de este Departamento, además de tener en cuenta la reglamentación vigente de aplicación a este tipo de instalaciones,
deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones Técnicas Generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de obras municipales, aprobado
por el Ayuntamiento de Madrid el 23 de diciembre de 1998 y sus posteriores revisiones.
Las instalaciones de alumbrado público que no forman parte de la vía pública o zonas
verdes públicas, como pueden ser la instalación de alumbrado de pistas deportivas, parcelas de uso dotacional, aparcamientos con cerramientos de uso restringido, etc. no pasarán a
los servicios de conservación de este Departamento y por ello dichas instalaciones deben
diseñarse de forma que sean independientes de la vía pública, incluso con suministro eléctrico independiente.
En ningún caso se podrán conectar a las instalaciones de alumbrado público municipales las instalaciones de alumbrado correspondientes al nuevo Centro de Operaciones de
la EMT, lo que se comunica a los efectos oportunos.
Finalmente, indicar que las instalaciones de alumbrado público exterior municipales,
deberán diseñarse teniendo en cuenta la mayor eficiencia energética de las mismas y por
ello es recomendable la utilización de luminarias que incorporen tecnología LED, de las
que se encuentren previamente homologadas por el Ayuntamiento de Madrid”.
H. COMPAÑÍAS SUMINISTRADORAS
Se incorpora lo señalado por el Grupo Naturgy con el siguiente condicionado técnico:
“En base al Real Decreto 919/2006, de 28 de julio por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos y su instrucción técnica complementaria ICG 01, y las normas UNE 60310 y UNE 60311, se debe tener presente el siguiente condicionado: Cuando la canalización se sitúe enterrada y próxima a otras
obras o conducciones subterráneas, entre las partes más cercanas de las dos instalaciones
debe disponerse de una distancia mínima de 0,2 m en los puntos de cruce y 0,4 m en recorridos paralelos según UNE 60310 y una distancia mínima de 0,2 m en los puntos de cruce
y 0,2 m en recorridos paralelos según UNE 60311; no obstante, siempre que sea posible se
aumentarán estas distancias, de manera que se reduzcan los riesgos inherentes a la ejecución de trabajos de reparación y mantenimiento en una obra o conducción vecina tal y como
lo contemplado en el proyecto presentado para la solicitud de estos condicionantes.
BOCM-20210715-59
NEDGIA. Grupo Naturgy
B.O.C.M. Núm. 167
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021
Pág. 183
Se recomienda incluir en el Contenido Ambiental de los proyectos de Urbanización y
otras actuaciones urbanísticas, incorporar en la documentación un estudio de tratamientos
de solados, y muros que faciliten la limpieza de los mismos, así como el tratamiento antigrafiti que se aplicará.
Las zonas pavimentadas, a pesar de su carácter principal de uso peatonal, siguen sufriendo el paso de vehículos medianos que realizan labores de limpieza, carga y descarga al
ubicarse en zonas comerciales o de ocio, provocando un ensuciamiento y oscurecimiento
paulatino del pavimento en los giros de ruedas en cada una de las maniobras que realizan.
Una posible solución es la aplicación de productos protectores, hoy existen en el mercado
productos que no dañan la estética de los pavimentos, porque son imperceptibles a la vista
y facilitan la limpieza”.
Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad
Se deberá incluir en el proyecto de urbanización, un análisis de saturación de la intersección de la glorieta de la calle Santa Irene, con el acceso por la puerta O’Donnell del Cementerio de la Almudena.
G. ÁREA DE GOBIERNO DE OBRAS Y EQUIPAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE MADRID
Dirección General de Conservación de Vías Públicas
Se incorporan las observaciones que se deberán tener en cuenta a la hora de redactar
el futuro proyecto sobre las instalaciones de alumbrado público exterior:
“(…) los proyectos de ejecución de la urbanización que se redacten que incluyan instalaciones de alumbrado exterior para dotar de iluminación las vías públicas municipales,
susceptibles de ser incluidas en los servicios de conservación de este Departamento, además de tener en cuenta la reglamentación vigente de aplicación a este tipo de instalaciones,
deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones Técnicas Generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de obras municipales, aprobado
por el Ayuntamiento de Madrid el 23 de diciembre de 1998 y sus posteriores revisiones.
Las instalaciones de alumbrado público que no forman parte de la vía pública o zonas
verdes públicas, como pueden ser la instalación de alumbrado de pistas deportivas, parcelas de uso dotacional, aparcamientos con cerramientos de uso restringido, etc. no pasarán a
los servicios de conservación de este Departamento y por ello dichas instalaciones deben
diseñarse de forma que sean independientes de la vía pública, incluso con suministro eléctrico independiente.
En ningún caso se podrán conectar a las instalaciones de alumbrado público municipales las instalaciones de alumbrado correspondientes al nuevo Centro de Operaciones de
la EMT, lo que se comunica a los efectos oportunos.
Finalmente, indicar que las instalaciones de alumbrado público exterior municipales,
deberán diseñarse teniendo en cuenta la mayor eficiencia energética de las mismas y por
ello es recomendable la utilización de luminarias que incorporen tecnología LED, de las
que se encuentren previamente homologadas por el Ayuntamiento de Madrid”.
H. COMPAÑÍAS SUMINISTRADORAS
Se incorpora lo señalado por el Grupo Naturgy con el siguiente condicionado técnico:
“En base al Real Decreto 919/2006, de 28 de julio por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos y su instrucción técnica complementaria ICG 01, y las normas UNE 60310 y UNE 60311, se debe tener presente el siguiente condicionado: Cuando la canalización se sitúe enterrada y próxima a otras
obras o conducciones subterráneas, entre las partes más cercanas de las dos instalaciones
debe disponerse de una distancia mínima de 0,2 m en los puntos de cruce y 0,4 m en recorridos paralelos según UNE 60310 y una distancia mínima de 0,2 m en los puntos de cruce
y 0,2 m en recorridos paralelos según UNE 60311; no obstante, siempre que sea posible se
aumentarán estas distancias, de manera que se reduzcan los riesgos inherentes a la ejecución de trabajos de reparación y mantenimiento en una obra o conducción vecina tal y como
lo contemplado en el proyecto presentado para la solicitud de estos condicionantes.
BOCM-20210715-59
NEDGIA. Grupo Naturgy