Fuenlabrada (BOCM-20210713-56)
Organización y funcionamiento. Patronato Municipal de Deportes. Convocatoria ocupación espacios deportivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 165

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE JULIO DE 2021

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les o Competición Federada de Fuenlabrada, al menos en alguna de las dos últimas
temporadas deportivas y haber finalizado la competición en la que se inscribieron.
b) Tener su domicilio social en el municipio de Fuenlabrada, no pudiendo ninguna
entidad, asociación o club deportivo tener su domicilio social en instalaciones deportivas municipales.
c) Realizar la actividad habitual en el Término Municipal de Fuenlabrada.
d) Carecer de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para la realización de
entrenamientos y el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria de
solicitud de ocupación y uso de unidades y espacios deportivos.
Tercera. Unidades deportivas, horarios y periodos objeto de autorización de uso
Son susceptibles de reserva el conjunto de instalaciones deportivas de titularidad municipal gestionadas por el servicio de deportes, tales como pabellones polideportivos, pistas al aire libre y campos de fútbol.
La ocupación y uso de unidades y espacios deportivos, para entrenamientos, a entidades deportivas sin fines de lucro, objeto de esta convocatoria, abarcará el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de mayo de 2022 para la temporada deportiva 2021-2022.
Se podrá prolongar la reserva durante el mes de junio y a solicitud de la entidad.
Las unidades deportivas, días y horarios ofertados de entrenamientos para baloncesto,
fútbol sala y voleibol se relacionan en el anexo I de esta convocatoria, estando clasificados
en bloques.
Para fútbol y fútbol 7, las unidades deportivas, así como los días y horas de uso, para
entrenamientos, se relacionan en el anexo II de esta convocatoria, estando clasificados en
función de las distintas categorías de los equipos y competición requerida.
Excepcionalmente, los días y horarios indicados podrán sufrir variaciones debido a la
programación de eventos de especial relevancia, actividades organizadas por el PMD de
Fuenlabrada, competiciones nacionales u otras actividades de similar naturaleza.
Cuarta. Condiciones para la ocupación y autorizaciones de uso de unidades
y espacios deportivos
En virtud del artículo 92, de Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, esta ocupación y uso de unidades y espacios deportivos, para entrenamientos, a entidades deportivas sin fines de lucro (deportes de equipo) de Fuenlabrada, no
está sujeta a tasa al no llevar aparejada una utilidad económica para la persona autorizada.
La entidad autorizada no podrá cobrar ningún tipo de importe por cualquier concepto derivado de la cesión, no pudiendo tener ningún fin comercial ni lucrativo, ni percibir de terceros contraprestación económica alguna por el uso de las instalaciones deportivas autorizadas.

Todos los equipos que reúnan los requisitos especificados en la cláusula “Segunda” de
esta convocatoria y mantengan la inscripción y participación para la temporada 2021-2022
tendrán asegurado el espacio de entrenamiento para dicha temporada. Para aquellos equipos que no finalizasen la competición perderán automáticamente el/los espacios para entrenamientos, a estos efectos se considerarán equipos de nueva creación.
Una vez obtenida la correspondiente autorización de ocupación y uso de la unidad o
unidades y espacios deportivos, la no inscripción y participación del equipo o equipos de la
entidad deportiva solicitante en la competición, para la temporada deportiva 2021-2022,
dará lugar a la pérdida de las autorizaciones de uso de las unidades y espacios deportivos
concedidos.
La actividad a desarrollar en los espacios autorizados por la presente convocatoria no
podrá tener ningún fin comercial ni lucrativo y es imprescindible el adecuado cumplimiento del horario establecido y que la actividad desarrollada se corresponda estrictamente al
definido en la presente convocatoria.
El Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada podrá ejercer en cualquier momento la potestad de inspección de los espacios autorizados. Si de su ejercicio derivara la
comprobación de cualquier incumplimiento por parte de la asociación o entidad beneficiaria, podrá exigir su cumplimiento, revocar la autorización de uso o incluso proponer la exclusión de dicha asociación o entidad de futuras convocatorias.

BOCM-20210713-56

A) Para la solicitud de ocupación y uso de equipos participantes en ligas municipales
o competicion federada