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Convenio –  Convenio de colaboración de 23 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Móstoles para la homogeneización de medios materiales y personales en relación con la solicitud de dispensa planteada por dicho ayuntamiento para la prestación del servicio de extinción de incendios
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 52

MARTES 13 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 165

c) Información referente a las retribuciones percibidas por el personal susceptible de
ser transferido, indicando el total de las retribuciones y cuotas sociales.
3. El Ayuntamiento de Móstoles continuará regulando su propio calendario laboral,
pasando a ser regulado por la Comunidad de Madrid tras la efectiva integración, en su caso,
del servicio.
4. Para la adecuada integración de la plantilla de Móstoles se plantean las siguientes
acciones formativas mínimas, que se realizarán siguiendo los criterios establecidos por parte de la Comunidad de Madrid, tanto en las acciones formativas como respecto de las empresas que los vienen impartiendo en Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, para
una mejor homogeneización de la formación en los distintos servicios. El coste económico
y la coordinación corresponderá al Ayuntamiento de Móstoles hasta su efectiva integración:
MODULO

DURACIÓN (H)

IMPARTICIÓN

10 h + 50 h online

2021

Todo el personal

Incendios forestales

18

2021

Todo el personal operativo

Dirección y control
en incendios forestales

12

2021

Mandos intermedios a jefatura

Conducción todo terreno
y bombas forestales pesadas

9

2021

Todo el personal operativo

Sitrem parques

12

2021/22

Todo el personal

Sitrem parques (mandos)

6

2021/22

Mandos intermedios a jefatura

Sitrem cecop

6

2021/22

Jefatura

Mando y control

12

2021/22

Mandos intermedios a jefatura

-

2021/22

Jefatura

Prevención de riesgos laborales

Formación jefatura

DESTINARIOS

Tercera
Homogeneización de medios materiales y procedimientos
Para la homogeneización de los medios materiales y procedimientos se adoptan los siguientes compromisos entre las partes:
1. En el plazo máximo de 15 días, desde la entrada en vigor del presente convenio,
el Ayuntamiento de Móstoles deberá facilitar a la Comunidad de Madrid información refe-

BOCM-20210713-19

Los módulos de la aplicación informática SITREM se realizarán en los centros de formación del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid sitos en Las Rozas y en el
Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, por exigencias tecnológicas,
de diseño o logísticas.
Tanto las fechas como las instalaciones previstas para la formación se podrán modificar por acuerdo de las partes, en el seno de la comisión mixta de seguimiento de este convenio, y siempre por causas debidamente justificadas.
El Ayuntamiento de Móstoles contará con el apoyo del Cuerpo de Bomberos para el
desarrollo de las acciones formativas, poniendo incluso medios necesarios a su disposición
siempre que esto sea posible.
5. Para la adecuada integración del personal a transferir que se encuentre en situación diferente a la de servicio activo, el Ayuntamiento de Móstoles se compromete a promover las medidas necesarias para su formación específica.
6. Desde el día siguiente al de la firma del presente convenio, el Ayuntamiento de
Móstoles deberá informar a la Dirección General de Emergencias de toda permuta que afecte a personal susceptible de ser transferido a la Comunidad de Madrid, para su conformidad. En caso contrario, el personal permutado no podrá acogerse al posterior convenio de
transferencia y financiación.
7. El Ayuntamiento de Móstoles se compromete a promover las medidas necesarias
para que el personal procedente de servicios de extinción de incendios de otras administraciones, que haya permutado con personal susceptible de ser transferido, adquiera igualmente los conocimientos y formación exigidos antes de la fecha efectiva de integración.
8. La Comunidad de Madrid no requiere al Ayuntamiento de Móstoles la creación de
nuevo empleo.
9. El Ayuntamiento de Móstoles informará sobre la existencia de trabajadores a transferir que pudieran requerir de una adaptación de sus puestos de trabajo. Corresponderá al
servicio médico del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid valorar cada uno de los
casos comunicados y emitir informe con propuesta de medidas correspondientes en cada caso.