Galapagar (BOCM-20210712-51)
Otros anuncios. Convocatoria utilización instalaciones deportivas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 12 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 164
Art. 2. Ámbito subjetivo.—Podrán participar las asociaciones o clubes deportivos,
agrupaciones deportivas y otras entidades privadas sin ánimo de lucro, que entre sus finalidades sociales incluyan el fomento y la práctica de la actividad física y deportiva, y en su
título fundacional así se haga constar, justifiquen el registro en el municipio de Galapagar,
cuya sede social y ámbito de actuación principal sea el municipio de Galapagar.
Art. 3. Requisitos y destinatarios.—Las entidades que soliciten autorización deberán
reunir los siguientes requisitos:
3.1. Deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad
de Madrid, así como en el Registro de Asociaciones Vecinales de Galapagar.
Únicamente se admitirán las solicitudes de aquellas entidades que estén inscritas en el
registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Galapagar a fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria.
3.2. Deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria,
Seguridad Social y el Ayuntamiento de Galapagar.
3.3. Todo el personal técnico deberá estar en posesión de la licencia y/o titulación deportiva oficial que le permita desarrollar la actividad deportiva o la docencia en la materia.
Cumplimiento obligatorio de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid y la Ley 1/2019, de 27 de
febrero, de modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre.
3.4. Las entidades deportivas deberán contar, al menos, con un mínimo del 60% de
socios o abonados que estén empadronados en el municipio de Galapagar, y participen en
la actividad deportiva.
3.5. De conformidad con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del
Voluntariado, todo el personal, cuya actividad implique contacto habitual con menores deberá aportar, al inicio de la temporada deportiva, la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales (Ley 26/2015).
Los clubes deportivos
Los clubes que participen en competiciones organizadas por las federaciones deportivas autonómicas y/o nacionales correspondientes.
Podrán solicitar autorización para las actividades de competición federada, juegos municipales, competiciones y actividades de ADS y actividades deportivas de integración.
Los clubes deportivos, para ser beneficiarios, deberán reunir, además, en la fecha de
finalización del plazo de presentación de la solicitud correspondiente, las siguientes condiciones:
— Estar registrados en la Comunidad de Madrid, en el municipio de Galapagar y tener su domicilio social en el término municipal de Galapagar.
— Incluir el toponímico de Galapagar en el nombre del club o entidad deportiva.
— Tener un porcentaje superior al 60 % de deportistas empadronados en el municipio de Galapagar.
— Tener en el club un porcentaje superior al 60 % de deportistas empadronados en
Galapagar.
Asociaciones deportivas y/o sociales
Asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades deportivas de enseñanza o entrenamiento sin participación en las competiciones oficiales organizadas por las
distintas federaciones deportivas, dirigidas a colectivos de especial interés y fomento de la
integración.
Podrán solicitar autorización para actividades deportivas de integración.
Estas entidades, para ser beneficiarias, deberán reunir además, en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud correspondiente, las siguientes condiciones:
— Estar registradas en el Registro nacional o de la Comunidad de Madrid y en el municipio de Galapagar.
— Tener su domicilio social en el término municipal de Galapagar.
— Incluir el toponímico de Galapagar en el nombre de la asociación.
— Tener un porcentaje superior al 60% de usuarios empadronados en Galapagar.
BOCM-20210712-51
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 164
Art. 2. Ámbito subjetivo.—Podrán participar las asociaciones o clubes deportivos,
agrupaciones deportivas y otras entidades privadas sin ánimo de lucro, que entre sus finalidades sociales incluyan el fomento y la práctica de la actividad física y deportiva, y en su
título fundacional así se haga constar, justifiquen el registro en el municipio de Galapagar,
cuya sede social y ámbito de actuación principal sea el municipio de Galapagar.
Art. 3. Requisitos y destinatarios.—Las entidades que soliciten autorización deberán
reunir los siguientes requisitos:
3.1. Deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad
de Madrid, así como en el Registro de Asociaciones Vecinales de Galapagar.
Únicamente se admitirán las solicitudes de aquellas entidades que estén inscritas en el
registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Galapagar a fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria.
3.2. Deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria,
Seguridad Social y el Ayuntamiento de Galapagar.
3.3. Todo el personal técnico deberá estar en posesión de la licencia y/o titulación deportiva oficial que le permita desarrollar la actividad deportiva o la docencia en la materia.
Cumplimiento obligatorio de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid y la Ley 1/2019, de 27 de
febrero, de modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre.
3.4. Las entidades deportivas deberán contar, al menos, con un mínimo del 60% de
socios o abonados que estén empadronados en el municipio de Galapagar, y participen en
la actividad deportiva.
3.5. De conformidad con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del
Voluntariado, todo el personal, cuya actividad implique contacto habitual con menores deberá aportar, al inicio de la temporada deportiva, la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales (Ley 26/2015).
Los clubes deportivos
Los clubes que participen en competiciones organizadas por las federaciones deportivas autonómicas y/o nacionales correspondientes.
Podrán solicitar autorización para las actividades de competición federada, juegos municipales, competiciones y actividades de ADS y actividades deportivas de integración.
Los clubes deportivos, para ser beneficiarios, deberán reunir, además, en la fecha de
finalización del plazo de presentación de la solicitud correspondiente, las siguientes condiciones:
— Estar registrados en la Comunidad de Madrid, en el municipio de Galapagar y tener su domicilio social en el término municipal de Galapagar.
— Incluir el toponímico de Galapagar en el nombre del club o entidad deportiva.
— Tener un porcentaje superior al 60 % de deportistas empadronados en el municipio de Galapagar.
— Tener en el club un porcentaje superior al 60 % de deportistas empadronados en
Galapagar.
Asociaciones deportivas y/o sociales
Asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades deportivas de enseñanza o entrenamiento sin participación en las competiciones oficiales organizadas por las
distintas federaciones deportivas, dirigidas a colectivos de especial interés y fomento de la
integración.
Podrán solicitar autorización para actividades deportivas de integración.
Estas entidades, para ser beneficiarias, deberán reunir además, en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud correspondiente, las siguientes condiciones:
— Estar registradas en el Registro nacional o de la Comunidad de Madrid y en el municipio de Galapagar.
— Tener su domicilio social en el término municipal de Galapagar.
— Incluir el toponímico de Galapagar en el nombre de la asociación.
— Tener un porcentaje superior al 60% de usuarios empadronados en Galapagar.
BOCM-20210712-51
Pág. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID