D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210709-43)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2021, entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia), sobre la realización de prácticas por parte de los alumnos del Grado en Derecho, Doble Grado en Derecho-ADE, Doble Grado en Derecho-Economía, Doble Grado en Derecho-CC. Políticas y Doble Grado en Estudios Internacionales y Derecho
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BOCM
Pág. 166
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 162
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia
43
CONVENIO de 18 de junio de 2021, entre la Universidad Carlos III de Madrid y la
Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia), sobre la realización de prácticas por parte de los alumnos del Grado en Derecho, Doble Grado en Derecho-ADE,
Doble Grado en Derecho-Economía, Doble Grado en Derecho-CC. Políticas y Doble Grado en Estudios Internacionales y Derecho.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Romo Urroz, con domicilio, a los efectos del presente convenio
en calle Madrid, número 126, 28903 Getafe (Madrid).
De otra, D. Pablo García-Valdecasas Rodríguez de Rivera, con domicilio a los efectos
del presente Convenio en plaza Puerta del Sol, número 7, 3, 28013 Madrid (España).
COMPARECEN
El primero, en nombre y representación de la Universidad Carlos III de Madrid, en su
calidad de Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, nombrado por Decreto 14/2019, de 26 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 28 de marzo de 2019, número 74), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, y el artículo 47 de los Estatutos de la Universidad
Carlos III aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
El segundo, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su calidad de
Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia, nombrado por Decreto 103/2020,
de 4 de noviembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 271, de 5 de noviembre de 2020), en virtud de las atribuciones que tiene
conferidas por Orden 6/2020, de 17 de enero, de la Consejería de Presidencia, por la que se
delega el ejercicio de determinadas competencias, la celebración de convenios y se desconcentra el protectorado de fundaciones.
Ambas partes se reconocen plena capacidad y competencia para la firma del presente
Convenio de prácticas.
EXPONEN
Primero
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de
las enseñanzas universitarias oficiales en su artículo 12 posibilita que los planes de estudios
de los correspondientes a los títulos de grado contengan toda la formación teórica y práctica que los/las alumnos/as deben adquirir entre las que se encuentran las prácticas externas.
El Real Decreto 1791/2010 de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario establece en su artículo 8.f el derecho de los mismos a la realización de prácticas curriculares que podrán realizarse en entidades externas.
Tercero
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios establece en su artículo 8.1.a la posibilidad,
por parte de los estudiantes matriculados en enseñanzas impartidas por la Universidad de
realizar prácticas académicas externas.
BOCM-20210709-43
Segundo
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VIERNES 9 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 162
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Presidencia
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CONVENIO de 18 de junio de 2021, entre la Universidad Carlos III de Madrid y la
Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia), sobre la realización de prácticas por parte de los alumnos del Grado en Derecho, Doble Grado en Derecho-ADE,
Doble Grado en Derecho-Economía, Doble Grado en Derecho-CC. Políticas y Doble Grado en Estudios Internacionales y Derecho.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Romo Urroz, con domicilio, a los efectos del presente convenio
en calle Madrid, número 126, 28903 Getafe (Madrid).
De otra, D. Pablo García-Valdecasas Rodríguez de Rivera, con domicilio a los efectos
del presente Convenio en plaza Puerta del Sol, número 7, 3, 28013 Madrid (España).
COMPARECEN
El primero, en nombre y representación de la Universidad Carlos III de Madrid, en su
calidad de Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, nombrado por Decreto 14/2019, de 26 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 28 de marzo de 2019, número 74), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, y el artículo 47 de los Estatutos de la Universidad
Carlos III aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
El segundo, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su calidad de
Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia, nombrado por Decreto 103/2020,
de 4 de noviembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 271, de 5 de noviembre de 2020), en virtud de las atribuciones que tiene
conferidas por Orden 6/2020, de 17 de enero, de la Consejería de Presidencia, por la que se
delega el ejercicio de determinadas competencias, la celebración de convenios y se desconcentra el protectorado de fundaciones.
Ambas partes se reconocen plena capacidad y competencia para la firma del presente
Convenio de prácticas.
EXPONEN
Primero
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de
las enseñanzas universitarias oficiales en su artículo 12 posibilita que los planes de estudios
de los correspondientes a los títulos de grado contengan toda la formación teórica y práctica que los/las alumnos/as deben adquirir entre las que se encuentran las prácticas externas.
El Real Decreto 1791/2010 de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario establece en su artículo 8.f el derecho de los mismos a la realización de prácticas curriculares que podrán realizarse en entidades externas.
Tercero
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios establece en su artículo 8.1.a la posibilidad,
por parte de los estudiantes matriculados en enseñanzas impartidas por la Universidad de
realizar prácticas académicas externas.
BOCM-20210709-43
Segundo