Villalbilla (BOCM-20210708-61)
Régimen económico. Precios públicos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 161

JUEVES 8 DE JULIO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VILLALBILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el
COVID-19, a escala nacional e internacional, la normativa de instalaciones deportivas se
ha visto afectada lo que ha supuesto la reflexión y restructuración de precios públicos de
piscinas de verano en relación a la temporada pasada.
Desde que comenzó esta crisis sanitaria, se han ido elaborando recomendaciones sanitarias mínimas para el uso de instalaciones deportivas, estableciendo los criterios técnico-sanitarios con el fin de minimizar el potencial de transmisión de COVID-19 y proporcionar un ambiente seguro y saludable en estas instalaciones.
Posteriormente, y en el contexto del proceso de reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social se han ido adoptando diferentes
medidas de alivio, a través de las diferentes órdenes de flexibilización, que han permitido la regulación de aforos y normativa de las instalaciones deportivas, así la Orden 700/2021, de 28
de mayo, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 572/2021, de 7 de mayo,
por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población como consecuencia de la evolución epidemiológica una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre.
Para ello, se han dictado diferentes condiciones y medidas necesarias para conseguir
que las actividades de tiempo libre puedan desarrollarse.
Entre las medidas adoptadas, está la limitación del aforo, con el fin de asegurar que
se respeta la distancia interpersonal y la organización de los campamentos e intensivos de
pádel de verano, para favorecer la seguridad de las personas que asistan a las instalaciones
En la Orden 572/2021, de 7 de mayo, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19
una vez finalizada la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020,
de 25 de octubre.
Las actividades de campamento e intensivos de verano de pádel deben cumplir con lo
indicado en la mencionada Orden 572/2021 de 7 de mayo, de la Consejería de Sanidad, por
la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma declarado por el Real
Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
Visto lo establecido en la Orden 572/2021 de 7 mayo de la Consejería de Sanidad en
los siguientes aspectos:
1. Distancia de seguridad
Establecer una distribución espacial para procurar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios no convivientes, mediante señales en el suelo o marcas similares. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro establecido, evitando el contacto con el resto de usuarios. Se habilitarán sistemas de acceso que eviten
la acumulación de personas y que cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria.

Se debe recordar a los usuarios, por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía, las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar
la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
3. Limpieza y desinfección
Sin perjuicio de aplicación de las normas técnico-sanitarias vigentes, se deberá llevar
a cabo una profunda limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los
espacios cerrados como vestuarios o baños, con la frecuencia indicada en la Or-

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2. Normas de higiene y prevención