B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20210708-21)
Adscripción personal – Resolución 299/2021, de 6 de julio, de la Consejera Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca proceso para la adscripción a la Agencia de diverso personal, por procedimiento restringido, conforme a la Orden de 16 de junio de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio de 2014)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 161
proceso, será de naturaleza laboral, ordinaria e indefinida (laboral fijo), de acuerdo con el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratación,
y conforme a lo dispuesto en el artículo 10 apartados cuatro 2, y catorce 2, y 7 de
la Ley 7/2005, de 23 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 311, de 30 de diciembre).
b) Formalización de los contratos. Los oportunos contratos laborales se formalizarán tras
la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución de la Consejera Delegada de la Agencia por la que, con carácter definitivo, se
haga pública la relación de los candidatos finalmente seleccionados, y dentro del plazo máximo de diez días laborables desde la fecha de la citada publicación.
De no producirse la formalización del contrato por causa atribuible al candidato, la
Agencia podrá entenderle desistido del proceso.
c) Retribuciones. Las retribuciones se establecerán conforme al Anexo 2 de las presentes Bases.
d) Jornada de trabajo. Será de 37,5 horas semanales, prestadas de lunes a viernes. El
horario será, de entre los previstos en el vigente Convenio Colectivo de la Agencia, el correspondiente al puesto de trabajo que se le asigne.
e) Situación resultante en origen. Los candidatos finalmente seleccionados quedarán, en su caso, en su unidad de origen, en la situación administrativa que legalmente procediera. A estos efectos, sin perjuicio de las acciones que en derecho pudiera corresponder a los interesados, la Agencia comunicará formalmente y por
escrito, a su petición, y a su unidad administrativa de origen, la contratación de los
candidatos seleccionados, a fin de que por la misma se proceda a adecuar su situación administrativa de la forma que proceda, y tramitar, en su caso, la excedencia
que corresponda.
1.3. Sistema de selección:
La selección se realizará mediante la valoración de los méritos de los candidatos y una
entrevista personal, que aprecie la mejor adecuación a los puestos ofertados, por parte de
un Tribunal de Selección.
La puntuación final se obtendrá sobre un total de 100 puntos. La valoración de méritos para cada perfil requerido tendrá un peso del 70 por 100 de la puntuación final; y la entrevista personal, del 30 por 100.
La entrevista personal podrá restringirse, en primera instancia, a los candidatos con posibilidades de ser finalmente seleccionados, según la valoración de méritos previamente
realizada, teniendo en cuenta el peso en puntos de ambas partes.
No se valorarán los méritos que no fueran alegados y acreditados en la solicitud del
candidato, salvo causa adecuadamente motivada en Derecho.
1.4. Solicitudes:
Los interesados deberán formalizar la cumplimentación y presentación de la solicitud
y documentación complementaria, en todo caso, en forma electrónica y telemática, con el
procedimiento que, exclusivamente para tal modo electrónico, se señala en los párrafos siguientes, a tenor de lo dispuesto en el apartado 2.e) del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
dado que se trata de una convocatoria restringida a personal que ya ostenta la condición de
empleado público, en situación de activo, excedencia o servicios especiales, que accede al
proceso precisamente en razón de tal condición.
a) Observación previa para solicitudes presentadas a diversos perfiles profesionales:
Los candidatos que opten a varios perfiles, en caso de que las Bases establezcan
más de uno, deberán presentar una solicitud por cada perfil, salvo que en el procedimiento electrónico que se habilite para la presentación de solicitudes se contemple expresamente, dentro de la propia solicitud, la posibilidad de presentación
a varios perfiles con la misma solicitud.
b) Cumplimentación de la solicitud: Las solicitudes para participar en este proceso
selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través
de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/procesos-selectivosagencia-administracion-digital o desde el Portal del Ciudadano.
El candidato deberá seleccionar la presente convocatoria y cumplimentar el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo.
BOCM-20210708-21
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 161
proceso, será de naturaleza laboral, ordinaria e indefinida (laboral fijo), de acuerdo con el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratación,
y conforme a lo dispuesto en el artículo 10 apartados cuatro 2, y catorce 2, y 7 de
la Ley 7/2005, de 23 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 311, de 30 de diciembre).
b) Formalización de los contratos. Los oportunos contratos laborales se formalizarán tras
la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución de la Consejera Delegada de la Agencia por la que, con carácter definitivo, se
haga pública la relación de los candidatos finalmente seleccionados, y dentro del plazo máximo de diez días laborables desde la fecha de la citada publicación.
De no producirse la formalización del contrato por causa atribuible al candidato, la
Agencia podrá entenderle desistido del proceso.
c) Retribuciones. Las retribuciones se establecerán conforme al Anexo 2 de las presentes Bases.
d) Jornada de trabajo. Será de 37,5 horas semanales, prestadas de lunes a viernes. El
horario será, de entre los previstos en el vigente Convenio Colectivo de la Agencia, el correspondiente al puesto de trabajo que se le asigne.
e) Situación resultante en origen. Los candidatos finalmente seleccionados quedarán, en su caso, en su unidad de origen, en la situación administrativa que legalmente procediera. A estos efectos, sin perjuicio de las acciones que en derecho pudiera corresponder a los interesados, la Agencia comunicará formalmente y por
escrito, a su petición, y a su unidad administrativa de origen, la contratación de los
candidatos seleccionados, a fin de que por la misma se proceda a adecuar su situación administrativa de la forma que proceda, y tramitar, en su caso, la excedencia
que corresponda.
1.3. Sistema de selección:
La selección se realizará mediante la valoración de los méritos de los candidatos y una
entrevista personal, que aprecie la mejor adecuación a los puestos ofertados, por parte de
un Tribunal de Selección.
La puntuación final se obtendrá sobre un total de 100 puntos. La valoración de méritos para cada perfil requerido tendrá un peso del 70 por 100 de la puntuación final; y la entrevista personal, del 30 por 100.
La entrevista personal podrá restringirse, en primera instancia, a los candidatos con posibilidades de ser finalmente seleccionados, según la valoración de méritos previamente
realizada, teniendo en cuenta el peso en puntos de ambas partes.
No se valorarán los méritos que no fueran alegados y acreditados en la solicitud del
candidato, salvo causa adecuadamente motivada en Derecho.
1.4. Solicitudes:
Los interesados deberán formalizar la cumplimentación y presentación de la solicitud
y documentación complementaria, en todo caso, en forma electrónica y telemática, con el
procedimiento que, exclusivamente para tal modo electrónico, se señala en los párrafos siguientes, a tenor de lo dispuesto en el apartado 2.e) del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
dado que se trata de una convocatoria restringida a personal que ya ostenta la condición de
empleado público, en situación de activo, excedencia o servicios especiales, que accede al
proceso precisamente en razón de tal condición.
a) Observación previa para solicitudes presentadas a diversos perfiles profesionales:
Los candidatos que opten a varios perfiles, en caso de que las Bases establezcan
más de uno, deberán presentar una solicitud por cada perfil, salvo que en el procedimiento electrónico que se habilite para la presentación de solicitudes se contemple expresamente, dentro de la propia solicitud, la posibilidad de presentación
a varios perfiles con la misma solicitud.
b) Cumplimentación de la solicitud: Las solicitudes para participar en este proceso
selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través
de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/procesos-selectivosagencia-administracion-digital o desde el Portal del Ciudadano.
El candidato deberá seleccionar la presente convocatoria y cumplimentar el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que constan en el mismo.
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