Tres Cantos (BOCM-20210707-48)
Urbanismo. Plan especial Parque Norte
81 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021
Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
TRES CANTOS
URBANISMO
BOCM-20210707-48
Aprobación definitiva del Plan Especial de Iniciativa Municipal del Parque Norte sito
en el Sector AR Nuevo Tres Cantos parcelas RG.32 y ZV.1 A ZV.8.
El Pleno municipal, en sesión celebrada el 27 de mayo de 2021, adoptó acuerdo número 35/2021 cuya parte resolutiva es la siguiente:
“1. Aprobar definitivamente el Plan especial para la ordenación del Parque Norte
sito en el sector AR Nuevo Tres Cantos, parcelas RG.32 y parcelas ZV.1 A ZV.8 (documento aportado por el concesionario el 11.05.2021 RE número 11186/2021).
2. Remitir un ejemplar del documento aprobado definitivamente al Registro Administrativo de la consejería competente.
3. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva y el contenido íntegro del articulado
de las normas urbanísticas del Plan Especial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su entrada en vigor, con indicación de haber procedido a su depósito en el Registro Administrativo. Se publicará igualmente la documentación indicada en el artículo 26.2
de Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, debiendo ser remitido el anuncio en un plazo de diez días desde la adopción del acuerdo de aprobación definitiva.
4. Expedir certificación del acuerdo de aprobación definitiva para su incorporación
al expediente”.
Se adjunta como Anexo I el contenido del articulado de las normas urbanísticas del
Plan Especial y como Anexo II la documentación indicada en el artículo 26.2 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el registro administrativo de los planes de ordenación urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 37 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía
administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio
de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021
Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
TRES CANTOS
URBANISMO
BOCM-20210707-48
Aprobación definitiva del Plan Especial de Iniciativa Municipal del Parque Norte sito
en el Sector AR Nuevo Tres Cantos parcelas RG.32 y ZV.1 A ZV.8.
El Pleno municipal, en sesión celebrada el 27 de mayo de 2021, adoptó acuerdo número 35/2021 cuya parte resolutiva es la siguiente:
“1. Aprobar definitivamente el Plan especial para la ordenación del Parque Norte
sito en el sector AR Nuevo Tres Cantos, parcelas RG.32 y parcelas ZV.1 A ZV.8 (documento aportado por el concesionario el 11.05.2021 RE número 11186/2021).
2. Remitir un ejemplar del documento aprobado definitivamente al Registro Administrativo de la consejería competente.
3. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva y el contenido íntegro del articulado
de las normas urbanísticas del Plan Especial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su entrada en vigor, con indicación de haber procedido a su depósito en el Registro Administrativo. Se publicará igualmente la documentación indicada en el artículo 26.2
de Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, debiendo ser remitido el anuncio en un plazo de diez días desde la adopción del acuerdo de aprobación definitiva.
4. Expedir certificación del acuerdo de aprobación definitiva para su incorporación
al expediente”.
Se adjunta como Anexo I el contenido del articulado de las normas urbanísticas del
Plan Especial y como Anexo II la documentación indicada en el artículo 26.2 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el registro administrativo de los planes de ordenación urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 37 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía
administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio
de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.