Ciempozuelos (BOCM-20210706-45)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 159

MARTES 6 DE JULIO DE 2021

Pág. 131

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores o especialistas
que colaborarán en el ejercicio de su especialidad, para todos o alguno de los ejercicios y
serán nombrados miembros auxiliares del Tribunal.
6.2. El Tribunal de Selección examinará y valorará las solicitudes de adaptaciones
que hayan hecho constar los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% en las solicitudes de participación en la convocatoria, opten o no a un puesto reservado, y resolverá
según criterio fundado. En los supuestos que susciten dudas acerca de la oportunidad de acceder a la adaptación solicitada, se pedirá asesoramiento a expertos, y en su caso la colaboración de los órganos técnicos competentes, pudiendo oír, asimismo al interesado.
Solo se considerarán aquellas solicitudes relativas a adaptaciones que tengan por objeto salvar limitaciones de un aspirante en la realización de las pruebas, para que pueda participar en las mismas condiciones de igualdad de oportunidades.
6.3. El Tribunal de Selección, si tuviese dudas razonables sobre la capacidad funcional de un aspirante, podrá consultar a los órganos competentes, sin que por ello se interrumpa el proceso selectivo. De acuerdo con ello, el aspirante sobre el que se susciten dudas continuará su participación en el proceso selectivo de modo condicional.
6.4. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal serán de conformidad
con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.5. En lo no expresamente previsto en estas bases, la actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda,
por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Séptima. Procedimiento de selección
El sistema de selección será concurso-oposición.
Calificación definitiva:
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá determinada por la siguiente fórmula, de aquellos aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición:
CF = (NC × 30%) + (NO × 70%)
CF = Calificación Final.
NC = Nota de Fase de Concurso.
NO = Nota de Fase de Oposición.
En caso de empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición. Si persistiera este, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Si persiste el empate se resolverá atendiendo a la letra por la que comience el primer apellido del aspirante según determine el sorteo actual
realizado por la Secretaría General para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

La valoración de los méritos del concurso se realizará de acuerdo con el siguiente baremo: la puntuación máxima a la que opta el aspirante es de 10 puntos.
A. Experiencia (la máxima puntuación total a obtener en este apartado es de 7,00 puntos):
— Puntuación de 0,10 puntos por cada mes completo de servicios prestados en la
Administración Pública, en puesto igual al que se opta, acreditado mediante
original o fotocopia de certificado de vida laboral de la TGSS y mediante la
correspondiente certificación expedida por el organismo o ente público competente, en la que conste la duración, así como la categoría profesional. Hasta un máximo de 4 puntos.
— Puntuación de 0,05 puntos por cada mes completo, de servicios prestados en
la empresa privada en puesto igual al que se opta, acreditado mediante original o fotocopia de certificado de vida laboral de la TGSS, y contrato de trabajo en el que conste la categoría profesional. Hasta un máximo de 3 puntos.
No computarán los períodos como becario y los contratos en formación, de estos
últimos el certificado de profesionalidad emitido por los mismos computará a
efectos de formación.

BOCM-20210706-45

Octava. Fase de concurso