C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210706-7)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 80/2021, de 24 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas para financiar la incorporación de jóvenes agricultores y sus inversiones en explotaciones agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 159

MARTES 6 DE JULIO DE 2021

Pág. 27

Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
Caso de ayudas a incorporación de jóvenes agricultores (tipo de operación 6.1.1):
La ayuda consistirá en una cantidad a tanto alzado fija según el siguiente esquema:
— Prima básica general: 17.400 euros.
— Suplemento de 22.600 euros a aquellos que se instalen en una explotación ganadera. En caso de explotaciones mixtas, este suplemento se aplicará en proporción a
la dimensión relativa en UTAs de la parte ganadera.
Estos suplementos no se aplicarán en caso de que el joven se instale o adquiera total o
parcialmente la explotación de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad
(incluidas personas vinculadas por análoga relación de afectividad.
La prima básica general se verá disminuida cuando el beneficiario cuente con otros ingresos. De tal forma que la prima básica más los otros ingresos no superará el 120 por 100
de la renta de referencia para la agricultura en el momento de la solicitud. Para el cálculo
de los otros ingresos se tendrá en cuenta la última declaración de la renta disponible, o en
caso de que el beneficiario así lo solicite por entender que han sido extraordinarios, la media de las últimas tres declaraciones.
Caso de ayudas a inversiones a jóvenes agricultores (tipo de operación 4.1.4):
El volumen máximo de inversión subvencionable será 300.000 euros. La inversión
máxima subvencionable podrá aumentarse a razón de 100.000 euros por la creación de cada
puesto de trabajo indefinido a tiempo completo.
Se subvencionará con una intensidad del 60 por 100 del total de la inversión subvencionable, pudiendo incrementarse dicha intensidad en 20 puntos porcentuales adicionales,
siempre que el máximo de ayuda combinada no exceda del 90%, para cada uno de los siguientes casos:
— Inversiones colectivas.
— Zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas contempladas en el
artículo 32 del Reglamento (UE) nº 1305/2013 (zonas incluidas en el Anexo I de
esta Orden).
— Inversiones relacionadas con las operaciones contempladas en los artículos 28
(agroambiente y clima) y 29 (agricultura ecológica) del Reglamento (UE) número 1305/2013.
La ayuda recibida será en función de la inversión realizada, por lo que, en caso de cotitularidad o sociedad, para cada joven que se instala, deberá determinarse en el plan empresarial qué parte de la inversión soporta cada titular, de forma que la ayuda se pagará a
cada partícipe en dicha proporción hasta el máximo definido anteriormente para cada uno.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Sexto
La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital con cargo al programa 411A, subconcepto 77306, de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid por importe de cero euros para el año 2021, 2.350.000 euros para el
año 2022 y 850.000 euros para el año 2023 de la siguiente manera:
CÓD.
TOP
4.1.4
6.1.1

DENOMINACIÓN TOP

2021

Ayudas a inversiones de jóvenes agricultores que se instalan
por primera vez
Ayudas a la incorporación de jóvenes agricultores
Total

0

850.000

2022

850.000

2023

0
0

1.500.000
2.350.000

0
850.000

BOCM-20210706-7

Información complementaria