Madrid (BOCM-20210705-41)
Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 158
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
Extracto del Decreto de 25 de junio de 2021, del Delegado del Área de Gobierno de
Familias, Igualdad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba
la convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin
ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia e infancia y apoyo a la discapacidad en
el municipio de Madrid en el ejercicio 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Objeto.—La concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones
de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud. Con el fin de
facilitar la convivencia familiar, la asunción de funciones parentales positivas y el adecuado desarrollo de los menores, prevenir la exclusión social de niñas, niños y adolescentes, a
través de servicios y actividades socioeducativas y psicoterapéuticas, promover la participación de niños, niñas y adolescentes en los temas que les incumben potenciando el ejercicio
de sus derechos y contribuir a promover la igualdad de género y la no discriminación en materia de discapacidad.
Segundo. Beneficiarios.—Las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo
de lucro, que desarrollen proyectos en materia de familia e infancia y apoyo a la discapacidad en el municipio de Madrid, que complementen las actuaciones de la Dirección General
de Familias, Infancia, Educación y Juventud en el municipio de Madrid.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013 (en adelante OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RGS), y, en virtud de lo establecido en Acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Familias, Igualdad y Bienestar Social.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 720.000 euros.
Los criterios de valoración de los proyectos se determinarán conforme al contenido que se
indica en el artículo 9 de la convocatoria.
El importe de subvención a cada proyecto se corresponderá con la puntuación asignada, según los criterios de valoración, otorgándose las siguientes cuantías sin que puedan ser
superiores a las solicitadas:
— de 90 a 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 20.000 euros.
— de 80 a 89 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 10.000 euros.
— de 70 a 79 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 5.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También se publicará en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, así como en la página web del
Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es y su sede electrónica https://sede.madrid.es
BOCM-20210705-41
BDNS Identif: 571991
Pág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 158
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
Extracto del Decreto de 25 de junio de 2021, del Delegado del Área de Gobierno de
Familias, Igualdad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba
la convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin
ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia e infancia y apoyo a la discapacidad en
el municipio de Madrid en el ejercicio 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Objeto.—La concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones
de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud. Con el fin de
facilitar la convivencia familiar, la asunción de funciones parentales positivas y el adecuado desarrollo de los menores, prevenir la exclusión social de niñas, niños y adolescentes, a
través de servicios y actividades socioeducativas y psicoterapéuticas, promover la participación de niños, niñas y adolescentes en los temas que les incumben potenciando el ejercicio
de sus derechos y contribuir a promover la igualdad de género y la no discriminación en materia de discapacidad.
Segundo. Beneficiarios.—Las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo
de lucro, que desarrollen proyectos en materia de familia e infancia y apoyo a la discapacidad en el municipio de Madrid, que complementen las actuaciones de la Dirección General
de Familias, Infancia, Educación y Juventud en el municipio de Madrid.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013 (en adelante OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RGS), y, en virtud de lo establecido en Acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Familias, Igualdad y Bienestar Social.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 720.000 euros.
Los criterios de valoración de los proyectos se determinarán conforme al contenido que se
indica en el artículo 9 de la convocatoria.
El importe de subvención a cada proyecto se corresponderá con la puntuación asignada, según los criterios de valoración, otorgándose las siguientes cuantías sin que puedan ser
superiores a las solicitadas:
— de 90 a 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 20.000 euros.
— de 80 a 89 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 10.000 euros.
— de 70 a 79 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 5.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También se publicará en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, así como en la página web del
Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es y su sede electrónica https://sede.madrid.es
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BDNS Identif: 571991