C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210705-11)
Adscripción programas presupuestarios –  Orden de 1 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece la adscripción de programas presupuestarios a las distintas Consejerías
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 158

LUNES 5 DE JULIO DE 2021

Pág. 165

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 1 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece la adscripción de programas presupuestarios a las
distintas Consejerías.

Mediante Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se ha procedido
a definir la estructura de las diferentes Consejerías, estableciendo los órganos hasta nivel de
Dirección General que se integran en cada una de ellas y sus competencias, así como los Organismos Autónomos, entes públicos y empresas públicas, que se adscriben a las mismas.
Esta modificación de la organización básica de la Comunidad de Madrid supone una
distinta distribución de las competencias para la ejecución de los Presupuestos Generales
para 2019 aprobados por Ley 9/2018, de 26 de diciembre, y prorrogados para 2021.
Teniendo en cuenta lo avanzado de la ejecución del presente ejercicio, así como, y
principalmente, la necesidad de no interferir en el ritmo de prestación de bienes y servicios
a los ciudadanos, se mantiene la estructura orgánica y por programas aprobada en la Ley de
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019, prorrogada para el ejercicio 2021 por Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno por el que se
establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021.
La Disposición Transitoria Tercera del Decreto 88/2021, de 30 de junio, establece que
lo dispuesto en el citado Decreto, en todo aquello que suponga cambio de centro presupuestario y en lo relativo a la adaptación de los procesos de estructuras orgánicas, presupuestarias y contables, deberá quedar adecuado, cómo máximo, el día 1 de enero de 2022.
Por cuanto antecede, en aplicación de lo recogido en la Disposición Adicional Primera, del Decreto 88/2021, de 30 de junio, que habilita al titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a asignar los programas presupuestarios a cada Consejería, de
acuerdo con la distribución de las competencias establecidas, así como a efectuar aquellas
modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos necesarias para
ejecutar el presupuesto del año 2019 prorrogado para 2021, y de conformidad con los artículos 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración, y 9.2.c)
de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid,
DISPONE
Primero
Estructura presupuestaria
Mantener la estructura presupuestaria vigente, conservando tanto los códigos identificativos como las denominaciones de los distintos componentes de las clasificaciones económica, orgánica y funcional o por programas.

Competencias de gestión presupuestaria
La gestión de los distintos programas de gasto se realizará, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, por
la Presidenta, los Consejeros y Gerentes de Organismos Autónomos, en el ámbito de los
gastos propios de los servicios a su cargo, de acuerdo con la distribución de competencias
realizada por el Decreto 88/2021, de 30 de junio, independientemente de la sección presupuestaria a la que estuviesen asignados inicialmente en los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para 2019.

BOCM-20210705-11

Segundo