Fuenlabrada (BOCM-20210628-57)
Organización y funcionamiento. Tablón anuncios electrónico
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 152
Administrativo Común y el artículo 38.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones.
6. El tablón electrónico se gestionará a través de la aplicación informática G-Tablón
integrada en la Plataforma de Administración Electrónica G-ONCE suministrada por la empresa Guadaltel, S. A.
Quinta. Órganos legitimados para la ordenación y publicación de anuncios
1. En el caso de edictos o anuncios del Ayuntamiento de Fuenlabrada, la Alcaldía y
las personas titulares de las Concejalías delegadas de conformidad con sus respectivas competencias, Coordinadores de Área, Directores Generales, y los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, a quienes por disposición legal correspondan las funciones de publicación de acuerdos, están legitimadas para ordenar la
publicación de los edictos, anuncios y demás actos a que se refiere la instrucción segunda
en el tablón oficial.
2. En el caso de edictos de los Organismos Autónomos del Ayuntamiento de Fuenlabrada los órganos legitimados para ordenar la inserción de los anuncios para su publicación en el tablón electrónico serán los Presidentes, Vicepresidentes y Gerentes.
3. En el caso de edictos o anuncios procedentes de otras Administraciones u Organismos Públicos, será competente para su publicación el órgano que figure en el oficio de
remisión al Ayuntamiento de Fuenlabrada, solicitando su publicación.
Corresponde al responsable del Departamento de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada la inserción de anuncios y edictos en el Tablón de Edictos municipal, cualquiera que sea su formato, papel o electrónico, remitidos por otras Administraciones, Organismos, Instituciones o Corporaciones que lo soliciten, velando por el
cumplimiento de los requisitos formales necesarios en cada caso.
4. Aquellos documentos de excesivo volumen o cuyo soporte de grandes dimensiones (planos, proyectos urbanísticos, estudios informativos y otro soporte) dificulte su conversión al formato electrónico estarán disponibles para su consulta digital o física en el
Ayuntamiento, publicándose en el tablón de edictos un anuncio con la especificación de la
unidad y expediente objeto de la exposición, así como los horarios para su acceso.
Sexta.
1.
a)
b)
Séptima. Responsable de los contenidos
1. Serán responsables de los contenidos de los edictos, anuncios y demás actos e información puestos a disposición de los ciudadanos en el Tablón de Edictos por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, los titulares de los órganos y unidades emisoras del acto publicado.
2. Corresponde a los responsables de cada Departamento del Ayuntamiento de Fuenlabrada el control de la inserción de anuncios y edictos propios de los expedientes que se
generen en su Departamento, en el tablón de edictos municipal, cualquiera que sea su for-
BOCM-20210628-57
Contenido mínimo de los anuncios y edictos
Anuncios y edictos municipales en la cabecera de cada edicto o anuncio figurará:
El anagrama del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
El título del anuncio o edicto con referencia al tipo de trámite y expediente al que
se refiere.
c) En el texto del anuncio o edicto, se incluirá el plazo de exposición pública y con
referencia expresa al inicio de su cómputo, en su caso.
d) En cada edicto, anuncio o acto figurará, además, la identificación del servicio
administrativo específico donde la ciudadanía pueda consultar el expediente o
comparecer, en su caso.
e) Se cuidará que en todo acto susceptible de impugnación figure el correspondiente
pie de recurso.
f) Los anuncios podrán acompañarse, como documento adjunto, de copia de las publicaciones aparecidas en boletines oficiales, a meros efectos informativos.
g) Los edictos, anuncios y demás actos e información contendrán una representación
de la firma electrónica realizada con motivo de su publicación en el tablón oficial
del Ayuntamiento de Fuenlabrada, que será visible en documento electrónico correspondiente que incluirá el sello electrónico del Ayuntamiento de Fuenlabrada
y la fecha de publicación.
2. Anuncios y edictos de otras administraciones: Los edictos, anuncios y actos de otras
Administraciones Públicas y entidades se publicarán conforme a su formato original, con la
inserción del sello electrónico del Ayuntamiento de Fuenlabrada y la fecha de publicación.
Pág. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 152
Administrativo Común y el artículo 38.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones.
6. El tablón electrónico se gestionará a través de la aplicación informática G-Tablón
integrada en la Plataforma de Administración Electrónica G-ONCE suministrada por la empresa Guadaltel, S. A.
Quinta. Órganos legitimados para la ordenación y publicación de anuncios
1. En el caso de edictos o anuncios del Ayuntamiento de Fuenlabrada, la Alcaldía y
las personas titulares de las Concejalías delegadas de conformidad con sus respectivas competencias, Coordinadores de Área, Directores Generales, y los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, a quienes por disposición legal correspondan las funciones de publicación de acuerdos, están legitimadas para ordenar la
publicación de los edictos, anuncios y demás actos a que se refiere la instrucción segunda
en el tablón oficial.
2. En el caso de edictos de los Organismos Autónomos del Ayuntamiento de Fuenlabrada los órganos legitimados para ordenar la inserción de los anuncios para su publicación en el tablón electrónico serán los Presidentes, Vicepresidentes y Gerentes.
3. En el caso de edictos o anuncios procedentes de otras Administraciones u Organismos Públicos, será competente para su publicación el órgano que figure en el oficio de
remisión al Ayuntamiento de Fuenlabrada, solicitando su publicación.
Corresponde al responsable del Departamento de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada la inserción de anuncios y edictos en el Tablón de Edictos municipal, cualquiera que sea su formato, papel o electrónico, remitidos por otras Administraciones, Organismos, Instituciones o Corporaciones que lo soliciten, velando por el
cumplimiento de los requisitos formales necesarios en cada caso.
4. Aquellos documentos de excesivo volumen o cuyo soporte de grandes dimensiones (planos, proyectos urbanísticos, estudios informativos y otro soporte) dificulte su conversión al formato electrónico estarán disponibles para su consulta digital o física en el
Ayuntamiento, publicándose en el tablón de edictos un anuncio con la especificación de la
unidad y expediente objeto de la exposición, así como los horarios para su acceso.
Sexta.
1.
a)
b)
Séptima. Responsable de los contenidos
1. Serán responsables de los contenidos de los edictos, anuncios y demás actos e información puestos a disposición de los ciudadanos en el Tablón de Edictos por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, los titulares de los órganos y unidades emisoras del acto publicado.
2. Corresponde a los responsables de cada Departamento del Ayuntamiento de Fuenlabrada el control de la inserción de anuncios y edictos propios de los expedientes que se
generen en su Departamento, en el tablón de edictos municipal, cualquiera que sea su for-
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Contenido mínimo de los anuncios y edictos
Anuncios y edictos municipales en la cabecera de cada edicto o anuncio figurará:
El anagrama del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
El título del anuncio o edicto con referencia al tipo de trámite y expediente al que
se refiere.
c) En el texto del anuncio o edicto, se incluirá el plazo de exposición pública y con
referencia expresa al inicio de su cómputo, en su caso.
d) En cada edicto, anuncio o acto figurará, además, la identificación del servicio
administrativo específico donde la ciudadanía pueda consultar el expediente o
comparecer, en su caso.
e) Se cuidará que en todo acto susceptible de impugnación figure el correspondiente
pie de recurso.
f) Los anuncios podrán acompañarse, como documento adjunto, de copia de las publicaciones aparecidas en boletines oficiales, a meros efectos informativos.
g) Los edictos, anuncios y demás actos e información contendrán una representación
de la firma electrónica realizada con motivo de su publicación en el tablón oficial
del Ayuntamiento de Fuenlabrada, que será visible en documento electrónico correspondiente que incluirá el sello electrónico del Ayuntamiento de Fuenlabrada
y la fecha de publicación.
2. Anuncios y edictos de otras administraciones: Los edictos, anuncios y actos de otras
Administraciones Públicas y entidades se publicarán conforme a su formato original, con la
inserción del sello electrónico del Ayuntamiento de Fuenlabrada y la fecha de publicación.