Fuenlabrada (BOCM-20210628-57)
Organización y funcionamiento. Tablón anuncios electrónico
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
Pág. 251
3. Cuando la norma del procedimiento guarde silencio sobre la publicación en el tablón de edictos, no será necesaria dicha publicación, salvo que por razones de interés público se justifique o aconseje la misma.
Igualmente podrán ser objeto de publicación cuales quiera otras informaciones que se
consideren de interés general.
4. La publicación en el tablón oficial de anuncios y edictos, en soporte electrónico,
sustituye a todos los efectos a la publicación en el tablón de anuncios y edictos físico. Sin
perjuicio de ello, podrán seguir publicándose anuncios y edictos en soporte papel en el tablón físico cuando razones de interés público así lo aconsejen.
5. El Ayuntamiento, sin perjuicio de las actuaciones que procedan por parte del personal encargado, garantizará mediante los instrumentos técnicos pertinentes el control de
las fechas de publicación de los anuncios o edictos con el fin de asegurar la constatación de
la misma a efectos de cómputos de plazos.
6. La publicación en el tablón de anuncios y edictos electrónico del Ayuntamiento
de Fuenlabrada, surtirá plenos efectos jurídicos de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente. Transcurrido el plazo de publicación, se entenderá que la publicación y, en
su caso notificación, ha sido efectivamente practicada a todos los efectos, dándose por cumplido dicho trámite y continuándose el procedimiento, sin perjuicio de que el anuncio o
edicto siga estando accesible en el tablón según lo establecido en la instrucción 9.3.
7. Del contenido de los actos y comunicaciones que por disposición legal y reglamentaria se publiquen en el tablón de anuncios electrónico son responsables los diferentes
Órganos y unidades gestoras que ordenen su inserción, sin perjuicio de las funciones de
coordinación delegadas en el Servicio de Atención Ciudadana y de las funciones de fe pública atribuidas al Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.
Tercera. Acceso de la ciudadanía
1. Al tablón oficial electrónico se accederá a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es y será accesible tanto directamente como a través del Portal Municipal de Internet www.ayto-fuenlabrada.es
2. El tablón estará accesible las 24 horas del día, todos los días del año. Cuando por
razones técnicas se prevea que pueda no estar operativo, se deberá informar de ello a los
usuarios con la máxima antelación posible, indicando cuáles son los medios alternativos de
consulta del tablón de edictos electrónico que estén disponibles.
3. Asimismo, su consulta también podrá efectuarse en las Oficinas de Atención al
Ciudadano del Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como en las Juntas de Distrito que dispongan de Oficinas de Atención al Ciudadano, al objeto de garantizar el acceso a todos los
ciudadanos y la ayuda necesaria para lograr una consulta efectiva.
1. El Ayuntamiento de Fuenlabrada garantizará el acceso a su tablón electrónico a
los interesados en los procedimientos administrativos, así como al resto de ciudadanos, respetando los principios y mandatos previstos en las Leyes 39 y 40 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, respectivamente, en la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás normativa que resulte de aplicación.
2. Toda la información publicada en el tablón electrónico del Ayuntamiento de
Fuenlabrada será comprensible, de acceso fácil y gratuito.
3. El acceso al tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Fuenlabrada no
requerirá ningún medio especial de acreditación de la identidad del ciudadano. En función
del contenido de la información a publicar, así como de los destinarios de dicha información, y en orden a respetar en todo momento el derecho a la protección de datos de carácter personal, el Ayuntamiento de Fuenlabrada podrá habilitar, para determinadas publicaciones y según los perfiles correspondientes, un control de acceso autenticado.
4. La publicación en el tablón oficial respetará los principios de accesibilidad y facilidad de uso, de acuerdo con las normas establecidas al respecto, utilizará estándares que sean
de uso generalizado por la ciudadanía con una constante adaptación al progreso tecnológico.
5. El tablón de edictos electrónico dispondrá de los sistemas y mecanismos que garanticen la autenticidad, la integridad y la disponibilidad de su contenido, en los términos
previstos en los artículos 17 y 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
BOCM-20210628-57
Cuarta. Garantía de acceso y publicación
B.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
Pág. 251
3. Cuando la norma del procedimiento guarde silencio sobre la publicación en el tablón de edictos, no será necesaria dicha publicación, salvo que por razones de interés público se justifique o aconseje la misma.
Igualmente podrán ser objeto de publicación cuales quiera otras informaciones que se
consideren de interés general.
4. La publicación en el tablón oficial de anuncios y edictos, en soporte electrónico,
sustituye a todos los efectos a la publicación en el tablón de anuncios y edictos físico. Sin
perjuicio de ello, podrán seguir publicándose anuncios y edictos en soporte papel en el tablón físico cuando razones de interés público así lo aconsejen.
5. El Ayuntamiento, sin perjuicio de las actuaciones que procedan por parte del personal encargado, garantizará mediante los instrumentos técnicos pertinentes el control de
las fechas de publicación de los anuncios o edictos con el fin de asegurar la constatación de
la misma a efectos de cómputos de plazos.
6. La publicación en el tablón de anuncios y edictos electrónico del Ayuntamiento
de Fuenlabrada, surtirá plenos efectos jurídicos de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente. Transcurrido el plazo de publicación, se entenderá que la publicación y, en
su caso notificación, ha sido efectivamente practicada a todos los efectos, dándose por cumplido dicho trámite y continuándose el procedimiento, sin perjuicio de que el anuncio o
edicto siga estando accesible en el tablón según lo establecido en la instrucción 9.3.
7. Del contenido de los actos y comunicaciones que por disposición legal y reglamentaria se publiquen en el tablón de anuncios electrónico son responsables los diferentes
Órganos y unidades gestoras que ordenen su inserción, sin perjuicio de las funciones de
coordinación delegadas en el Servicio de Atención Ciudadana y de las funciones de fe pública atribuidas al Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.
Tercera. Acceso de la ciudadanía
1. Al tablón oficial electrónico se accederá a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es y será accesible tanto directamente como a través del Portal Municipal de Internet www.ayto-fuenlabrada.es
2. El tablón estará accesible las 24 horas del día, todos los días del año. Cuando por
razones técnicas se prevea que pueda no estar operativo, se deberá informar de ello a los
usuarios con la máxima antelación posible, indicando cuáles son los medios alternativos de
consulta del tablón de edictos electrónico que estén disponibles.
3. Asimismo, su consulta también podrá efectuarse en las Oficinas de Atención al
Ciudadano del Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como en las Juntas de Distrito que dispongan de Oficinas de Atención al Ciudadano, al objeto de garantizar el acceso a todos los
ciudadanos y la ayuda necesaria para lograr una consulta efectiva.
1. El Ayuntamiento de Fuenlabrada garantizará el acceso a su tablón electrónico a
los interesados en los procedimientos administrativos, así como al resto de ciudadanos, respetando los principios y mandatos previstos en las Leyes 39 y 40 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, respectivamente, en la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás normativa que resulte de aplicación.
2. Toda la información publicada en el tablón electrónico del Ayuntamiento de
Fuenlabrada será comprensible, de acceso fácil y gratuito.
3. El acceso al tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Fuenlabrada no
requerirá ningún medio especial de acreditación de la identidad del ciudadano. En función
del contenido de la información a publicar, así como de los destinarios de dicha información, y en orden a respetar en todo momento el derecho a la protección de datos de carácter personal, el Ayuntamiento de Fuenlabrada podrá habilitar, para determinadas publicaciones y según los perfiles correspondientes, un control de acceso autenticado.
4. La publicación en el tablón oficial respetará los principios de accesibilidad y facilidad de uso, de acuerdo con las normas establecidas al respecto, utilizará estándares que sean
de uso generalizado por la ciudadanía con una constante adaptación al progreso tecnológico.
5. El tablón de edictos electrónico dispondrá de los sistemas y mecanismos que garanticen la autenticidad, la integridad y la disponibilidad de su contenido, en los términos
previstos en los artículos 17 y 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
BOCM-20210628-57
Cuarta. Garantía de acceso y publicación