C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD CARLOS III (BOCM-20210625-31)
Reglamento Administración Electrónica –  Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 10 de junio de 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 150

pal permitir el intercambio de asientos registrales entre distintas oficinas de registro de documentos de entrada y salida.
3. El órgano responsable de la ordenación del Registro Electrónico General es la Secretaría General, que ejercerá sus funciones con el asesoramiento de la Comisión de administración electrónica. La gestión y administración del Registro corresponde al Vicerrector
con competencias en materia digital que ejercerá sus funciones igualmente asesorado por
la Comisión de administración electrónica.
Artículo 11
Documentos admisibles
1. El Registro Electrónico General de la Universidad Carlos III de Madrid está habilitado para la admisión de los siguientes documentos:
a) Documentos electrónicos normalizados exigidos en los procedimientos y trámites
que se especifiquen en el catálogo publicado en la Sede Electrónica, cumplimentados de acuerdo a su correspondiente formulario.
b) Cualquier solicitud, escrito o comunicación, distinta de los mencionados en el
apartado anterior, dirigido a cualquier órgano de la Universidad Carlos III de
Madrid, expresada en el correspondiente formulario de solicitud genérica.
c) Solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a otras Administraciones Públicas a través de la plataforma del Sistema de Integración de Registros.
2. Podrán aportarse documentos que acompañen a las anteriores solicitudes, escritos
o comunicaciones siempre que cumplan con los estándares y requisitos de formato, interoperabilidad y seguridad establecidos por la normativa aplicable.
3. Cuando esos documentos no cumplan dichos requisitos o no estén disponibles en
formato electrónico y, por su naturaleza, no sean susceptibles de aportación utilizando el
procedimiento de digitalización, se podrá hacer entrega de los mismos por vía no electrónica presentándolos, en soporte papel, en cualquiera de las oficinas de asistencia al ciudadano en materia de registro, indicando el número de registro de entrada asignado por el Registro Electrónico a la solicitud o escrito a la que debe acompañar.
4. En todo caso, no se registrarán los documentos electrónicos que presenten alguna
de las siguientes circunstancias:
a) Que no se hayan cumplimentado los campos requeridos como obligatorios en los
documentos normalizados o que la información contenida presente incongruencias u omisiones que impidan su tratamiento.
b) Que sean anónimos o no permitan identificar al emisor.
c) Que contengan código malicioso o se presenten en un dispositivo susceptible de
afectar a la integridad o seguridad del sistema.
Artículo 12
Funcionamiento del Registro Electrónico
1. El Registro Electrónico General estará disponible en la Sede Electrónica de la
Universidad Carlos III de Madrid para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año durante las veinticuatro horas del día.
2. El Registro Electrónico General se regirá por la fecha y hora oficial que deberá figurar visible en la Sede Electrónica.
3. El calendario de días inhábiles correspondiente a la Universidad Carlos III de
Madrid figurará en la Sede Electrónica.
Artículo 13
1. Los funcionarios de las oficinas de asistencia al ciudadano en materia de registro
tienen atribuida la competencia de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos o privados que se vayan a cursar por el Registro General de la Universidad.
2. En los supuestos de solicitud de acceso y obtención de copias de los documentos
contenidos en los expedientes de los procedimientos administrativos en el que se tenga la
condición de interesado, la expedición de estas copias auténticas podrá realizarse por funcionarios de la unidad encargada de la tramitación de los correspondientes procedimientos.

BOCM-20210625-31

Expedición de copias auténticas