Pozuelo de Alarcón (BOCM-20210625-80)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 150

VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021

Pág. 405

Octava. Resolución
8.1. La Concejalía-Delegada de Recursos Humanos será el órgano competente para
la resolución de este concurso general de méritos, conforme a la propuesta vinculante que
emita la Comisión de Valoración.
La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso, deberán quedar acreditadas
en el procedimiento como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
8.2. De la resolución adoptada se remitirá un extracto al BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID para su oportuna publicación.
8.3. Los nombramientos derivados de la resolución del concurso se comunicarán a
los servicios afectados y se notificarán a los interesados.
8.4. Si a esta convocatoria no hubieran concurrido candidatos/as, o ninguno/a de
ellos/as alcanzase la puntuación mínima establecida en estas bases, la Concejalía de Recursos Humanos declarará desierto el concurso.
8.5. Contra la resolución que finalice el concurso convocado podrá interponerse por
las personas interesadas recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la
concejala de Recursos Humanos, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Novena. Toma de posesión
9.1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles.
9.2. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pozuelo de
Alarcón, pudiendo aplazarse la fecha de cese por razones debidamente justificadas.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano
convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
9.3. Si la resolución comporta el reingreso en el servicio activo, el plazo de toma de
posesión será de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.
9.4. Los interesados podrán desistir total o parcialmente de su solicitud de participación en el presente concurso de méritos hasta el día anterior a la fecha de la resolución por
la que se resuelva este concurso.
9.5. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el
plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Décima. Régimen de impugnaciones

BOCM-20210625-80

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
los artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
II. Directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente
al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.