Madrid número 32 (BOCM-20210625-180)
Ejecución 102/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 534
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 150
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
– Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT
tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada hasta cubrir la cantidad de 9.357,57 euros
de principal más 1.871,51 euros de intereses y costas, calculados provisionalmente. A tal
efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de
Consignaciones Judiciales.
– Se acuerda el embargo de los saldos acreedores existentes en las Cuentas corrientes,
depósitos de Ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de los
apremiados, en los que la correspondiente entidad financiera actuará de depositario o mero
intermediario, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. A tal fin, se procede a cumplimentar la referida orden de embargo a través del Sistema
de Embargo de Cuentas a la Vista proporcionado por el Punto Neutro Judicial.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE
DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles
que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente:
2805-0000-64-0102-21 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HOSTELERIA RENATO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210625-180
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.896/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 534
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VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 150
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
– Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT
tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada hasta cubrir la cantidad de 9.357,57 euros
de principal más 1.871,51 euros de intereses y costas, calculados provisionalmente. A tal
efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de
Consignaciones Judiciales.
– Se acuerda el embargo de los saldos acreedores existentes en las Cuentas corrientes,
depósitos de Ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de los
apremiados, en los que la correspondiente entidad financiera actuará de depositario o mero
intermediario, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. A tal fin, se procede a cumplimentar la referida orden de embargo a través del Sistema
de Embargo de Cuentas a la Vista proporcionado por el Punto Neutro Judicial.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE
DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles
que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente:
2805-0000-64-0102-21 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HOSTELERIA RENATO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210625-180
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(03/19.896/21)
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ISSN 1989-4791