Madrid número 32 (BOCM-20210625-180)
Ejecución 102/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
Pág. 533
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
180
MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 102/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIRIAM TERESA PAREDES GIMENEZ frente a HOSTELERIA RENATO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA.- En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por D./Dña. MIRIAM TERESA
PAREDES GIMENEZ, solicitando la ejecución de LA SENTENCIA DE 15/02/2021, por
la que se condena a HOSTELERIA RENATO SL al pago de cantidad líquida; así mismo,
hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta. Doy fe.
AUTO
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. MIRIAM TERESA PAREDES GIMENEZ, frente a la demandada HOSTELERIA
RENATO SL, parte ejecutada, por un principal de 9.357,57 EUROS, más 1.871,51 EUROS
del 20% de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2805-000064-0102-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
DECRETO
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210625-180
D./Dña. SONIA LÓPEZ RAMALLO
EL MAGISTRADO-JUEZ
B.O.C.M. Núm. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
Pág. 533
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
180
MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 102/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIRIAM TERESA PAREDES GIMENEZ frente a HOSTELERIA RENATO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA.- En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por D./Dña. MIRIAM TERESA
PAREDES GIMENEZ, solicitando la ejecución de LA SENTENCIA DE 15/02/2021, por
la que se condena a HOSTELERIA RENATO SL al pago de cantidad líquida; así mismo,
hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta. Doy fe.
AUTO
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. MIRIAM TERESA PAREDES GIMENEZ, frente a la demandada HOSTELERIA
RENATO SL, parte ejecutada, por un principal de 9.357,57 EUROS, más 1.871,51 EUROS
del 20% de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2805-000064-0102-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
DECRETO
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210625-180
D./Dña. SONIA LÓPEZ RAMALLO
EL MAGISTRADO-JUEZ