C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210625-27)
Convocatoria subvenciones –  Orden 951/2021, de 10 de junio, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se convocan para 2021 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 150

VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021

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Vigésimo cuarto
Instrucción del procedimiento
Para el estudio y valoración del expediente se podrán realizar visitas a las entidades solicitantes y entrevistas a sus responsables, así como solicitar la información complementaria que se considere necesaria.
Vigésimo quinto
Comisión de Valoración
1. La Comisión de Valoración es el órgano colegiado encargado de emitir el informe en el que se concreta el resultado de la valoración tras la aplicación de los criterios previstos en los apartados vigésimo séptimo, vigésimo octavo y vigésimo noveno de esta orden de convocatoria.
2. La Comisión de Valoración estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Presidente/a: El titular de la Subdirección General de Inclusión Social o persona
en quien delegue.
b) Vocales:
1.o El titular de la Subdirección General de Promoción de la igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres, o persona en quien delegue.
2.o El titular de la Subdirección General de Centros y Servicios o persona en
quien delegue.
3.o El titular de la Subdirección General de Valoración de la Discapacidad y atención temprana o persona en quien delegue.
4.o El titular de la Subdirección General de Infancia y Adolescencia o persona en
quien delegue.
5.o Un Subdirector General designado por la Consejería de Sanidad con competencias en materia de VIH-SIDA.
6.o Un Subdirector General designado por la Consejería de Educación y Juventud.
c) Actuará con funciones de secretario/a de la Comisión una persona funcionaria que
desempeñe un puesto de nivel 26 o superior de la Dirección General de Servicios
Sociales e Innovación Social designada por el/la titular de la citada Dirección General, que actuará con voz, pero sin voto.
3. En caso de que se produzca empate en alguna de las votaciones, se celebrarán sucesivas votaciones con el mismo objeto hasta que se deshaga dicho empate.
Vigésimo sexto
Valoración
1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 150 puntos distribuidos en dos
apartados: valoración de las entidades solicitantes (80 puntos en total) y valoración de los
proyectos (70 puntos en total).
2. La ponderación de los criterios de valoración de entidades y proyectos se establecerá atendiendo a criterios de objetividad, rigor, proporcionalidad, adecuación a los objetivos, motivación, publicidad y transparencia, en coherencia con los distintos fines perseguidos.
3. La valoración se hará conjuntamente respecto del total de solicitudes presentadas
y admitidas. Una vez valoradas se agruparán, por orden de puntuación, en función de la sublínea y línea para las que se hubiese presentado.
Vigésimo séptimo
Los criterios de valoración de las entidades solicitantes serán los siguientes:
a) Implantación: hasta 25 puntos.
Cuando se trate de confederaciones, federaciones, plataformas, redes o agrupaciones de entidades con o sin personalidad jurídica, que integren y representen a otras
entidades, se considerará que se cumple el requisito de ámbito territorial, cuando

BOCM-20210625-27

Criterios de valoración de las entidades