Brunete (BOCM-20210624-53)
Organización y funcionamiento. Reglamento cesión y uso instalaciones deportivas
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BOCM
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 149
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
BRUNETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 29 de abril
de 2021, aprobatorio del Reglamento Regulador del Régimen General de Cesión y Uso de
las Instalaciones Deportivas Municipales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reglamento regulador del régimen general de uso de las instalaciones deportivas
municipales.
PREÁMBULO
La Constitución Española, en su artículo 43.3 establece que, son los poderes públicos
los que “fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio”.
En correlación con el mandato constitucional, La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, autoriza a los municipios a la gestión de sus intereses y,
en el ámbito de sus competencias, a “promover actividades y prestar los servicios públicos
que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”, pero
siempre en los términos que prevé el artículo 25.
En virtud de lo dispuesto, el Ayuntamiento de Brunete tiene por objeto regular el régimen jurídico y la utilización de las instalaciones deportivas municipales, al tiempo que se
deben establecer los protocolos necesarios para el establecimiento del régimen de cesión y
uso de los inmuebles deportivos de ser puestos a disposición de terceros.
Las instalaciones deportivas municipales constituyen el equipamiento básico que garantiza la prestación de actividades deportivas en el municipio de Brunete para la población
en general y, ante el creciente interés social por la práctica deportiva, es preciso establecer
y regular las bases del régimen general de uso.
La necesidad de mantener en perfecto estado el patrimonio deportivo municipal, la
plasmación en un documento único las normas básicas de respeto y convivencia en su interior y el interés por utilizar responsablemente los recursos públicos son argumentos que
motivan el impulso de un Reglamento regulador. Estos argumentos justifican el interés que
su redacción implica para los ciudadanos, interesados, igualmente, en el buen funcionamiento y acceso a los servicios deportivos y las instalaciones.
TÍTULO I
Artículo 1. Objeto del Reglamento.—Es objeto del presente Reglamento regular la
utilización y gestión de las distintas instalaciones deportivas municipales garantizando, por
un lado, los derechos de los usuarios de las instalaciones y, por otro, estableciendo las necesarias obligaciones o deberes de éstos.
Art. 2. Concepto de instalaciones deportivas municipales.—Se entiende por instalación deportiva, a los efectos de este reglamento, toda instalación, edificio, campo, dependencia o espacio de cualquier característica, al aire libre o cerrada, dedicada a la práctica
del deporte y la actividad física, en toda su gama de modalidades, incluyendo las zonas de
equipamiento, complementarias o funcionalmente necesarias para el desarrollo de la actividad deportiva.
Las instalaciones deportivas cuyo titular sea el Ayuntamiento de Brunete tendrán la
consideración de instalaciones deportivas municipales, en alguna de las clases establecidas
en este reglamento.
BOCM-20210624-53
Disposiciones Generales
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 149
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
BRUNETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 29 de abril
de 2021, aprobatorio del Reglamento Regulador del Régimen General de Cesión y Uso de
las Instalaciones Deportivas Municipales, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reglamento regulador del régimen general de uso de las instalaciones deportivas
municipales.
PREÁMBULO
La Constitución Española, en su artículo 43.3 establece que, son los poderes públicos
los que “fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio”.
En correlación con el mandato constitucional, La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, autoriza a los municipios a la gestión de sus intereses y,
en el ámbito de sus competencias, a “promover actividades y prestar los servicios públicos
que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”, pero
siempre en los términos que prevé el artículo 25.
En virtud de lo dispuesto, el Ayuntamiento de Brunete tiene por objeto regular el régimen jurídico y la utilización de las instalaciones deportivas municipales, al tiempo que se
deben establecer los protocolos necesarios para el establecimiento del régimen de cesión y
uso de los inmuebles deportivos de ser puestos a disposición de terceros.
Las instalaciones deportivas municipales constituyen el equipamiento básico que garantiza la prestación de actividades deportivas en el municipio de Brunete para la población
en general y, ante el creciente interés social por la práctica deportiva, es preciso establecer
y regular las bases del régimen general de uso.
La necesidad de mantener en perfecto estado el patrimonio deportivo municipal, la
plasmación en un documento único las normas básicas de respeto y convivencia en su interior y el interés por utilizar responsablemente los recursos públicos son argumentos que
motivan el impulso de un Reglamento regulador. Estos argumentos justifican el interés que
su redacción implica para los ciudadanos, interesados, igualmente, en el buen funcionamiento y acceso a los servicios deportivos y las instalaciones.
TÍTULO I
Artículo 1. Objeto del Reglamento.—Es objeto del presente Reglamento regular la
utilización y gestión de las distintas instalaciones deportivas municipales garantizando, por
un lado, los derechos de los usuarios de las instalaciones y, por otro, estableciendo las necesarias obligaciones o deberes de éstos.
Art. 2. Concepto de instalaciones deportivas municipales.—Se entiende por instalación deportiva, a los efectos de este reglamento, toda instalación, edificio, campo, dependencia o espacio de cualquier característica, al aire libre o cerrada, dedicada a la práctica
del deporte y la actividad física, en toda su gama de modalidades, incluyendo las zonas de
equipamiento, complementarias o funcionalmente necesarias para el desarrollo de la actividad deportiva.
Las instalaciones deportivas cuyo titular sea el Ayuntamiento de Brunete tendrán la
consideración de instalaciones deportivas municipales, en alguna de las clases establecidas
en este reglamento.
BOCM-20210624-53
Disposiciones Generales