D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210624-33)
Convenio –  Convenio de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y Google Ireland Limited, para contribuir a la mejora de la competencia digital en el ámbito educativo mediante el uso de Workspace for Education
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021

Pág. 161

Quinta
Financiación
Las Partes expresamente acuerdan y manifiestan que la suscripción del presente Convenio no implica por sí mismo la obligación de realizar ningún tipo de contraprestación económica por ninguna de las Partes.
Sexta
Creación de una Comisión Mixta de Seguimiento
A partir de la firma del presente Convenio se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento con representantes designados por ambas partes en régimen de paridad. Dicha
Comisión se responsabilizará del seguimiento, evaluación y control de las acciones derivadas del presente Convenio y de los compromisos adquiridos por las partes. Asimismo, resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en el desarrollo del presente Convenio.
La Comisión Mixta de Seguimiento estará formada:
— Por parte de Google:
d Responsable de Google for Education España, o persona en quien delegue.
d Responsable de Relaciones institucionales de Google, o persona en quien delegue.
— Por parte de la Comunidad de Madrid:
d Directora General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza o persona en
quien delegue.
d Subdirector General de Programas de Innovación y Formación, o persona en
quien delegue.
La Comisión Mixta se reunirá como mínimo con carácter semestral, pudiendo celebrarse dicha reunión en remoto mediante videoconferencia, llamadas telefónicas o medios
asemejables que los miembros de la Comisión Mixta acuerden con anterioridad a dicha reunión, así como en cualquier momento con el mutuo acuerdo de ambas partes con al menos
una semana de antelación.
Séptima
Transparencia
Este Convenio se somete a lo dispuesto tanto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno como en la Ley 10/2019
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Octava
Entrada en vigor y período de vigencia
El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de la última firma indicada en el bloque de firmas (“Fecha de Entrada en Vigor”), y tendrá una vigencia de cuatro años qué podrá prorrogarse por un período equivalente previo acuerdo expreso de las partes.
Durante los tres meses previos a su fecha de finalización, las partes revisarán los resultados de este Convenio y de las concretas acciones de colaboración llevadas a cabo entre ambas partes, y determinarán conjuntamente si el mismo ha de ser prorrogado o modificado.
Novena
Modificación.—Este Convenio es susceptible de modificación por acuerdo unánime
de las partes, que se formalizará mediante la correspondiente adenda conforme a la tramitación preceptiva que exige la autorización de un nuevo Convenio, además de por las causas pertinentes recogidas en los Términos de Workspace for Education y en la Adenda de
Tratamiento de Datos.
En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar las acciones que estén en curso de ejecución en el momento en que cause efecto la resolución del Convenio.

BOCM-20210624-33

Modificación y extinción del Convenio