D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210624-33)
Convenio – Convenio de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y Google Ireland Limited, para contribuir a la mejora de la competencia digital en el ámbito educativo mediante el uso de Workspace for Education
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 149
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
Pág. 185
https://support.google.com/a/contact/googlecloud_dpr (para lo que los Administradores
deben haber iniciado sesión en su Cuenta de Administrador) y/o por la Consejería, cursando notificación a Google como se describe en el Acuerdo aplicable.
11.2. Registros del tratamiento de Google. En la medida en que el RGPD requiera
que Google recopile y mantenga registros de cierta información relacionada con la Consejería, este último utilizará, cuando se le solicite, la Consola de Administración para proporcionar dicha información y mantenerla precisa y actualizada. Google podrá poner dicha información a disposición de las Autoridades de Control si así lo requiere el RGPD.
12. Responsabilidad
12.1. Límite de Responsabilidad. Si se han suscrito Cláusulas Contractuales Tipo
como se describe en la Sección 9.2 (Transferencias de datos) entonces, con sujeción a lo establecido en la Sección 12.2 (Exclusiones del Límite de Responsabilidad), la responsabilidad
total combinada de cualquiera de las partes y sus Filiales hacia la otra parte y sus Filiales en
virtud o en relación con el Acuerdo aplicable y dichas Cláusulas Contractuales Tipo, conjuntamente, se limitarán al Límite de Responsabilidad Acordado para la parte pertinente.
12.2. Exclusiones del Límite de Responsabilidad. Nada de lo dispuesto en la Sección 12.1 (Límite de Responsabilidad) afectará al resto de los términos del Acuerdo aplicable en relación con la responsabilidad (incluida cualquier exclusión específica de cualquier
limitación de responsabilidad).
12.3. Tercero beneficiario. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en el
Acuerdo aplicable, cuando Google LLC no sea parte en dicho Acuerdo, Google LLC será un
tercero beneficiario de las Secciones 7.5 (Revisiones y Auditorías de Cumplimiento), 11.1
(Consentimiento para la Contratación de Subencargados), 9.2 (Transferencias de Datos)
y 12.2 (Responsabilidad).
13. Efecto de la Adenda
Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en el Acuerdo aplicable, si hubiese
algún conflicto o contradicción entre las condiciones de esta Adenda del Tratamiento de
Datos y el resto del Acuerdo, prevalecerá esta Adenda del Tratamiento de Datos. Para mayor claridad, si la Consejería ha suscrito más de un Acuerdo, esta Adenda del Tratamiento
de Datos modificará cada uno de los Acuerdos por separado.
Apéndice a este Anexo II (Adenda de Tratamiento de Datos).
1) Objeto y detalles del tratamiento de datos personales.
2) Medidas de seguridad.
Objeto.—La prestación por parte de Google de los Servicios y de los Servicios de Soporte Técnico a la Consejería.
Duración del tratamiento.—El Período de Vigencia más el período desde el vencimiento del Período de Vigencia hasta el borrado de todos los Datos Personales de la Consejería por parte de Google de acuerdo con la presente Adenda del Tratamiento de Datos.
Naturaleza y propósito del tratamiento.—Google tratará los Datos Personales de la
Consejería con el fin de proporcionar los Servicios y los Servicios de Soporte Técnico a la
Consejería de conformidad con la Adenda del Tratamiento de Datos y con el RGPD.
Categorías de datos.—Datos relativos a personas proporcionados a Google a través de
los Servicios, por la Consejería o los Usuarios Finales, que, de acuerdo con el RGPD, serán los mínimos posibles y de carácter identificativo, incluyendo entre otros, los datos personales correspodientes a las Actividades de Tratamiento con identificadores 2.A.13
y 2.C.24, denominadas “Utilización por parte del profesorado y del alumnado, en el ejercicio de la función educativa, de las herramientas y recursos de la plataforma educativa de
servicios online de la Consejería de Educación e Investigación (EducaMadrid)”, de las cuales esa Dirección General es responsable del tratamiento junto con las Direcciones Generales de Educación Infantil y Primaria y Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, respectivamente. Ambas actividades están incluidas en el Registro de
Actividades de Tratamiento de la Consejería.
La información que el responsable del tratamiento pone a disposición del encargado
para la prestación de los servicios contratados corresponde, entre otras, a las siguientes categorías de interesados y datos:
— Interesados: Profesores, Alumnos, personal supervisor de la Consejería (asesores).
BOCM-20210624-33
Apéndice 1: Objeto y detalles del tratamiento de datos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 149
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
Pág. 185
https://support.google.com/a/contact/googlecloud_dpr (para lo que los Administradores
deben haber iniciado sesión en su Cuenta de Administrador) y/o por la Consejería, cursando notificación a Google como se describe en el Acuerdo aplicable.
11.2. Registros del tratamiento de Google. En la medida en que el RGPD requiera
que Google recopile y mantenga registros de cierta información relacionada con la Consejería, este último utilizará, cuando se le solicite, la Consola de Administración para proporcionar dicha información y mantenerla precisa y actualizada. Google podrá poner dicha información a disposición de las Autoridades de Control si así lo requiere el RGPD.
12. Responsabilidad
12.1. Límite de Responsabilidad. Si se han suscrito Cláusulas Contractuales Tipo
como se describe en la Sección 9.2 (Transferencias de datos) entonces, con sujeción a lo establecido en la Sección 12.2 (Exclusiones del Límite de Responsabilidad), la responsabilidad
total combinada de cualquiera de las partes y sus Filiales hacia la otra parte y sus Filiales en
virtud o en relación con el Acuerdo aplicable y dichas Cláusulas Contractuales Tipo, conjuntamente, se limitarán al Límite de Responsabilidad Acordado para la parte pertinente.
12.2. Exclusiones del Límite de Responsabilidad. Nada de lo dispuesto en la Sección 12.1 (Límite de Responsabilidad) afectará al resto de los términos del Acuerdo aplicable en relación con la responsabilidad (incluida cualquier exclusión específica de cualquier
limitación de responsabilidad).
12.3. Tercero beneficiario. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en el
Acuerdo aplicable, cuando Google LLC no sea parte en dicho Acuerdo, Google LLC será un
tercero beneficiario de las Secciones 7.5 (Revisiones y Auditorías de Cumplimiento), 11.1
(Consentimiento para la Contratación de Subencargados), 9.2 (Transferencias de Datos)
y 12.2 (Responsabilidad).
13. Efecto de la Adenda
Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en el Acuerdo aplicable, si hubiese
algún conflicto o contradicción entre las condiciones de esta Adenda del Tratamiento de
Datos y el resto del Acuerdo, prevalecerá esta Adenda del Tratamiento de Datos. Para mayor claridad, si la Consejería ha suscrito más de un Acuerdo, esta Adenda del Tratamiento
de Datos modificará cada uno de los Acuerdos por separado.
Apéndice a este Anexo II (Adenda de Tratamiento de Datos).
1) Objeto y detalles del tratamiento de datos personales.
2) Medidas de seguridad.
Objeto.—La prestación por parte de Google de los Servicios y de los Servicios de Soporte Técnico a la Consejería.
Duración del tratamiento.—El Período de Vigencia más el período desde el vencimiento del Período de Vigencia hasta el borrado de todos los Datos Personales de la Consejería por parte de Google de acuerdo con la presente Adenda del Tratamiento de Datos.
Naturaleza y propósito del tratamiento.—Google tratará los Datos Personales de la
Consejería con el fin de proporcionar los Servicios y los Servicios de Soporte Técnico a la
Consejería de conformidad con la Adenda del Tratamiento de Datos y con el RGPD.
Categorías de datos.—Datos relativos a personas proporcionados a Google a través de
los Servicios, por la Consejería o los Usuarios Finales, que, de acuerdo con el RGPD, serán los mínimos posibles y de carácter identificativo, incluyendo entre otros, los datos personales correspodientes a las Actividades de Tratamiento con identificadores 2.A.13
y 2.C.24, denominadas “Utilización por parte del profesorado y del alumnado, en el ejercicio de la función educativa, de las herramientas y recursos de la plataforma educativa de
servicios online de la Consejería de Educación e Investigación (EducaMadrid)”, de las cuales esa Dirección General es responsable del tratamiento junto con las Direcciones Generales de Educación Infantil y Primaria y Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, respectivamente. Ambas actividades están incluidas en el Registro de
Actividades de Tratamiento de la Consejería.
La información que el responsable del tratamiento pone a disposición del encargado
para la prestación de los servicios contratados corresponde, entre otras, a las siguientes categorías de interesados y datos:
— Interesados: Profesores, Alumnos, personal supervisor de la Consejería (asesores).
BOCM-20210624-33
Apéndice 1: Objeto y detalles del tratamiento de datos