D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210624-33)
Convenio –  Convenio de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y Google Ireland Limited, para contribuir a la mejora de la competencia digital en el ámbito educativo mediante el uso de Workspace for Education
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021

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demnizada, y dicho consentimiento no se condicionará, retendrá ni retrasará sin
motivo.
13.5. Soluciones:
(a) Si Google considera de forma razonable que los Servicios pueden infringir Derechos de Propiedad Intelectual de terceros, Google podrá, a su entera discreción: (i)
obtener los derechos necesarios para permitir que el Cliente siga utilizando los
Servicios; (ii) modificar los Servicios para que no infrinjan tales derechos sin que
se reduzcan de forma material su funcionalidad; o (iii) sustituir los Servicios por
una alternativa funcionalmente equivalente que no infrinja tales derechos.
(b) Si Google considera que las soluciones especificadas en la Sección 13.5(a) no son
comercialmente razonables, puede Suspender o dar por finalizado el uso por parte del Cliente de los Servicios afectados.
13.6. Obligaciones y derechos exclusivos. Sin que se vea afectado cualquier otro derecho de resolución de ninguna de las dos partes, la Sección 13 (Indemnización) supone la
única solución con la que cuentan dichas partes en virtud del Acuerdo en lo que respecta a
las alegaciones de terceros relacionadas con cualquier infracción de los Derechos de Propiedad Intelectual que se exponen en dicha Sección.

Esta Sección 14 (Clientes de Reventa) solo es aplicable si el Cliente solicita los Servicios a un Revendedor en virtud de un Acuerdo de Revendedor (en este caso, los Servicios
serían “Servicios de Reventa”).
14.1. Términos aplicables. A efectos de los Servicios de Reventa:
(a) La Sección 2 (Términos de pago) del presente Acuerdo no se aplicará.
(b) Las Tasas del Revendedor (si las hubiera) se pagarán directamente al Revendedor,
y los precios de los Servicios de Reventa se determinarán exclusivamente entre el
Revendedor y el Cliente.
(c) El Cliente recibirá los créditos del Acuerdo de Nivel de Servicio correspondientes
del Revendedor.
(d) La Sección 12.2 (Limitación del importe por responsabilidades) se sustituye por la
siguiente: “La Responsabilidad conjunta total de cada parte por los daños derivados del Acuerdo o relacionados con él se limita a: (a) 1.000 Euros o (b) las Tasas
del Revendedor pagadas por el Cliente por los Servicios de Reventa durante el período de los 12 meses anteriores al suceso que da lugar a la Responsabilidad, el
importe que sea mayor”.
(e) Las renovaciones de los Servicios y/o los Pedidos de Revendedor se acordarán entre el Cliente y el Revendedor.
(f) El término “Plazo de Pedido”, tal y como se usa en el Acuerdo, hace referencia al
período que comienza en la Fecha de Inicio de los Servicios o la fecha de renovación (según corresponda) de los Servicios de Reventa y finaliza en el momento indicado en el Pedido de Revendedor en curso, a menos que se cancele con arreglo
al Acuerdo; y.
(g) El término “Fecha de Inicio de los Servicios”, según se usa en el Acuerdo, hace referencia a la fecha de inicio indicada en el Pedido de Revendedor o, si no se indica, a la fecha en la que Google pone los Servicios de Reventa a disposición del
Cliente.
14.2. Compartir Información Confidencial. Google podrá compartir Información Confidencial del Cliente con el Revendedor como Delegado de conformidad con la Sección 7.1
(Obligaciones).
14.3. Revendedor como Administrador. A discreción del Cliente, el Revendedor podrá acceder a la Cuenta del Cliente o a las Cuentas de Usuario Final. En lo que respecta a
Google y al Cliente, el Cliente es el único responsable de: (a) cualquier acceso del Revendedor a la Cuenta del Cliente o a las Cuentas de Usuario Final; y (b) definir en el Acuerdo
de Revendedor los derechos u obligaciones entre el Revendedor y el Cliente en lo referente a los Servicios de Reventa.
14.4. Asistencia técnica del Revendedor. El Cliente reconoce y acepta que el Revendedor podrá revelar a Google los datos personales de los Usuarios Finales que sean razonablemente necesarios para que el Revendedor pueda procesar cualquier incidencia de asistencia que el Cliente derive al Revendedor o a través del Revendedor.

BOCM-20210624-33

14. Clientes de Reventa