Alcorcón (BOCM-20210623-45)
Organización y funcionamiento. Delegación competencias
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 148
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JUNIO DE 2021
Pág. 157
BOCM-20210623-45
las funciones y materias que se ha reservado la Alcaldía-Presidencia en virtud de su decreto de la Alcaldía-Presidencia emitido el 17 de junio de 2019, de distribución de materias por
Áreas de Gobierno y Concejalías Delegadas:
— Promoción de los contratos y decisión sobre la necesidad e idoneidad del contrato
y eficiencia en la contratación.
— Confección de los pliegos de prescripciones técnicas y documentación preceptiva,
necesaria y complementaria para su posterior remisión al órgano competente para
su tramitación y aprobación.
— Dirección, inspección y control de la ejecución del contrato, nombramiento del
responsable del contrato.
— Adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la
ejecución de lo pactado.
— Reajuste de anualidades.
— Incoar, tramitar, formular propuestas de resolución a la Junta de Gobierno Local
sobre las reclamaciones patrimoniales de carácter contractual y expedientes de
atribución de responsabilidad a contratista o a terceros.
— Firma de escrituras públicas y contratos administrativos y privados de cualquier
naturaleza dentro del ámbito de sus competencias.
— Tramitación administrativa de certificaciones de obras y facturas presentadas en
forma debida relativas a servicios, suministros, compras y adquisiciones y honorarios derivadas de los contratos, así como su comprobación y conformidad.
— La resolución del procedimiento, con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas, en la adjudicación del contrato, contra la propuesta de adjudicación de la mesa.
Segundo: en materia de prensa y comunicación institucional.
La aprobación del Plan de Medios de Información Municipal.
Tercero: en materia de recursos de reposición.
Delegar la competencia para resolver, mediante actos que afecten a terceros y según lo
anteriormente consignado, las facultades precisas para resolver los recursos de reposición
que puedan formularse contra los actos que haya emitido, en virtud de las referidas delegaciones, incluidas cuantas facultades sean precisas para la plena efectiva del recurso resuelto.
Segundo.—Dar traslado de la presente resolución al interesado, a los efectos previstos
en el artículo 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2658/1986, de 28 de noviembre.
Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Cuarto.—Comunicar al Gabinete de Alcaldía que proceda a la tramitación del presente expediente de la forma legalmente preceptiva”.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
En Alcorcón, a 10 de junio de 2021.—El concejal-secretario de la Junta de Gobierno
Local, Daniel Rubio Caballero.
(03/20.856/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 148
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JUNIO DE 2021
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BOCM-20210623-45
las funciones y materias que se ha reservado la Alcaldía-Presidencia en virtud de su decreto de la Alcaldía-Presidencia emitido el 17 de junio de 2019, de distribución de materias por
Áreas de Gobierno y Concejalías Delegadas:
— Promoción de los contratos y decisión sobre la necesidad e idoneidad del contrato
y eficiencia en la contratación.
— Confección de los pliegos de prescripciones técnicas y documentación preceptiva,
necesaria y complementaria para su posterior remisión al órgano competente para
su tramitación y aprobación.
— Dirección, inspección y control de la ejecución del contrato, nombramiento del
responsable del contrato.
— Adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la
ejecución de lo pactado.
— Reajuste de anualidades.
— Incoar, tramitar, formular propuestas de resolución a la Junta de Gobierno Local
sobre las reclamaciones patrimoniales de carácter contractual y expedientes de
atribución de responsabilidad a contratista o a terceros.
— Firma de escrituras públicas y contratos administrativos y privados de cualquier
naturaleza dentro del ámbito de sus competencias.
— Tramitación administrativa de certificaciones de obras y facturas presentadas en
forma debida relativas a servicios, suministros, compras y adquisiciones y honorarios derivadas de los contratos, así como su comprobación y conformidad.
— La resolución del procedimiento, con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas, en la adjudicación del contrato, contra la propuesta de adjudicación de la mesa.
Segundo: en materia de prensa y comunicación institucional.
La aprobación del Plan de Medios de Información Municipal.
Tercero: en materia de recursos de reposición.
Delegar la competencia para resolver, mediante actos que afecten a terceros y según lo
anteriormente consignado, las facultades precisas para resolver los recursos de reposición
que puedan formularse contra los actos que haya emitido, en virtud de las referidas delegaciones, incluidas cuantas facultades sean precisas para la plena efectiva del recurso resuelto.
Segundo.—Dar traslado de la presente resolución al interesado, a los efectos previstos
en el artículo 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2658/1986, de 28 de noviembre.
Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Cuarto.—Comunicar al Gabinete de Alcaldía que proceda a la tramitación del presente expediente de la forma legalmente preceptiva”.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
En Alcorcón, a 10 de junio de 2021.—El concejal-secretario de la Junta de Gobierno
Local, Daniel Rubio Caballero.
(03/20.856/21)
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ISSN 1989-4791