Madrid número 13 (BOCM-20210623-85)
Ejecución 84/2021
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 148

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JUNIO DE 2021

Pág. 239

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
D./Dña. MARÍA DEL PILAR GARCÍA DE ZÚÑIGA MARRERO.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Diligencia de ordenación, el/la letrado/a de la admón. de justicia, D./Dña. Laura Fojon
Chamorro.—En Madrid, a veinticinco de mayo de dos mil veintiuno.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 23/09/2020, a la empresa HAIR TUSECRETOS PELUQUEROS SL en
favor del/de los demandante/s D./Dña. MAGNA MALLORQUÍN y, previo a su resolución,
se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social,
sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 29/06/2021, a las 09:10 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con
todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal
forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el
plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S.
Doy fe.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S.
Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a HAIR TUSECRETOS PELUQUEROS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiocho de mayo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210623-85

(03/20.324/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791