Hoyo de Manzanares (BOCM-20210622-71)
Organización y funcionamiento. Estatutos Consejo Municipal Medio Ambiente
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 147

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71

HOYO DE MANZANARES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de 31 de marzo de 2021,
aprobatorio de los estatutos del Consejo Municipal de Medio Ambiente de Hoyo de Manzanares, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento
de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE
DEL AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES
PREÁMBULO
Los Consejos Sectoriales son un sistema que permite estructurar el derecho de participación ciudadana directa tal como recoge el artículo 23.1 de la Constitución cuando dice
que “los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente” y
el artículo 45.1 referido al Medio Ambiente y Calidad de Vida.
También a partir de la Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro en 1992 se pone
de manifiesto la necesidad de alcanzar un desarrollo sostenible mediante la promoción de
la participación de la sociedad.
La creación del Consejo Municipal de Medio Ambiente (CMMA) se hace al amparo
normativo regulado en los artículos 130 y 131 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre).
Hoyo de Manzanares se encuentra en un enclave privilegiado donde confluyen espacios
protegidos por legislación o convenios autonómicos, el Parque Regional de la Cuenca Alta
del Manzanares (PRCAM), 4 Montes Públicos y 8 Vías Pecuarias, europeos, el espacio de
la Red Natura 2000 Zona de Especial Conservación (ZEC) “Cuenca el río Manzanares”, e
internacionales, la Reserva de la Biosfera Cuencas altas de los ríos Manzanares, Lozoya y
Guadarrama y Humedales protegidos por el Convenio RAMSAR que se han incluido en el
último Consejo del Programa Hombre y Biosfera de la UNESCO celebrado el 19 de junio
de 2019.
Este elevado valor ecológico que implica un elevado nivel de protección se complementa por tanto con un órgano consultivo como es el Consejo Municipal de Medio Ambiente que permite velar por la riqueza de su biodiversidad haciendo participes a sus vecinos.
TÍTULO I

Artículo 1. Definición y objeto.—El CLMA de Hoyo de Manzanares es un Consejo
Sectorial que actúa como órgano consultivo y asesor no vinculante.
Corresponde al consejo la canalización de la participación ciudadana, la realización de
propuestas, sugerencias e informes relacionados con el medio ambiente y desarrollo sostenible del municipio.
Art. 2. Ámbito de actuación y sede.—Su ámbito de actuación será el término municipal de Hoyo de Manzanares.
El CLMA queda adscrito a la Concejalía de Medio Ambiente estando su sede en el
Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares.
Art. 3. Funciones.—1. Sensibilizar a la población respecto a asuntos ambientales
promoviendo su participación.
2. Recibir de forma periódica información de la gestión municipal.

BOCM-20210622-71

Naturaleza y funciones