Parla (BOCM-20210621-67)
Organización y funcionamiento. Reglamento Fondo de Acción Social Empleados Públicos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 146

3. Se aportará informe de médico que acredite la enfermedad celíaca y/u otro trastorno de intolerancia a alimentos de carácter genérico padecida por la persona titular y/o beneficiaria de la ayuda.
4. En caso de que la persona celíaca o con otro trastorno alimentario sea empleado/a
municipal con derecho a ayudas sociales, según artículo 3, solo podrá optar a esta ayuda
como titular de la misma, siendo incompatible su concesión como beneficiario/a de otro/a
titular.
5. En caso de que la persona que padece la enfermedad celíaca y/u otro trastorno de
intolerancia a alimentos sea beneficiaria de más de un titular, solo podrá obtener la ayuda
anual uno de ellos”.
14. Se renumeran los artículos 20, 21 y 22, quedando como siguen y con el mismo
contenido:

BOCM-20210621-67

Artículo 21. Otras ayudas.
Artículo 22. Comisión de Seguimiento del Acuerdo.
Artículo 23. Comisión de Valoración del Fondo Social.
15. Se incluye una disposición transitoria única:
“Excepcionalmente para el ejercicio 2021, para la Ayuda para vacunación de hijos/as
menores dieciséis años (artículo 17), la Ayuda para tratamientos de logopedia (artículo 18)
y Ayuda enfermedad celíaca y otros trastornos de intolerancia a alimentos de carácter genérico (artículo 20), que se incluyeron en el catálogo de ayudas ya iniciado el ejercicio, se
admitirán solicitudes con gastos realizados entre noviembre de 2020 y 31 de mayo de 2021,
tanto en el primer período de solicitud, que finaliza el 31 de mayo de 2021, como en el segundo período de solicitud, que finaliza el 31 de octubre.
Asimismo, las solicitudes para este tipo de ayudas, durante el ejercicio 2021, no
computarán dentro del límite parcial previsto de tres por período. En todo caso, se mantiene para este ejercicio el límite máximo de cinco solicitudes por persona titular establecido
en el artículo 6.4 del presente Reglamento”.
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos previstos en el artículo 38.6 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
En Parla, a 15 de junio de 2021.—El concejal delegado del Área Nuevas Tecnologías,
Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.
(03/20.573/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791