D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20210621-30)
Convenio –  Convenio de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda y Administración Local) y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se regula la concesión directa de una subvención para el funcionamiento y actividades de la Federación correspondiente al año 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 146

ACUERDAN
Primero
Objeto
Constituye el objeto del presente Convenio establecer un marco de colaboración
con la Federación de Municipios de Madrid, subvencionando con una dotación económica
de 490.000 euros, con cargo a la partida G/942N/46320, de la Dirección General de Administración Local del vigente presupuesto de gastos para 2021, los gastos originados por el
funcionamiento y actividades de la Federación correspondientes al año 2021, estableciéndose los apartados siguientes:
1. Gastos corrientes para el óptimo funcionamiento de la FMM: luz, agua, teléfono,
correos, mensajeros y todos aquellos que se consideren de esta naturaleza y fueran imprescindibles para el desarrollo de las actividades que se realizan.
2. Gastos de personal, en los que se consideran incluidos los de Secretaría General,
Técnicos, Gabinete de Prensa, Coordinadores y Administrativos.
3. Mantenimiento de los medios materiales y las infraestructuras precisas para el desarrollo efectivo de las funciones y competencias de la FMM: suscripción de publicaciones,
actos protocolarios, amortización de equipos y equipamiento.
4. Los servicios prestados por la FMM a sus asociados tales como, asesoramiento e
información, suscripción de convenios con entidades e instituciones y cualquier otra actuación de ayuda a los municipios, realización de congresos, conferencias o cualquier otra actividad divulgativa, edición de publicaciones que la FMM realice y colaboración en las
campañas de concienciación y comunicación que los Ayuntamientos madrileños pudieran
realizar a través de la FMM.
Conforme dispone el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas
en la legislación reguladora de la contratación administrativa del Sector Público para el
contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación
del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en
el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo
que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las
ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud
de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Segundo
Régimen jurídico
El presente convenio se regirá por el contenido de sus cláusulas y por la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, al amparo de lo dispuesto en su artículo 6.
Tercero
El pago de esta subvención se realizará mediante un pago único a la firma del Convenio,
que tendrá carácter de anticipo a cuenta con exención de garantías, según lo previsto en el artículo 10.1.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
y de conformidad con lo establecido en el Plan de Disposición de Fondos Individualizado
aprobado por la Dirección General de Política Financiera y Tesorería, con fecha 17 de febrero
de 2021.
El abono se efectuará por transferencia bancaria al número de cuenta titularidad del beneficiario de acuerdo con los datos facilitados por el mismo, una vez haya entrado en vigor
este convenio y, en todo caso, antes del 30 de diciembre de 2021.

BOCM-20210621-30

Forma de pago