D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20210621-30)
Convenio – Convenio de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda y Administración Local) y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se regula la concesión directa de una subvención para el funcionamiento y actividades de la Federación correspondiente al año 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
Pág. 107
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda y Administración Local
30
CONVENIO de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid
(Consejería de Vivienda y Administración Local) y la Federación de Municipios
de Madrid, por el que se regula la concesión directa de una subvención para el
funcionamiento y actividades de la Federación correspondiente al año 2021.
En Madrid, a 10 de junio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don David Pérez García, Consejero de Vivienda y Administración Local, nombrado mediante Decreto 58/2019, de 19 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto de 2019), actuando en uso de las competencias que le son propias, otorgadas por el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13
de enero; el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con lo previsto en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, don Guillermo Hita Téllez, Presidente de la Federación de Municipios
de Madrid, en ejercicio de las competencias recogidas en la disposición adicional quinta de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con
el artículo 4.6 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el ejercicio de las competencias que le son conferidas los artículos 29.2
y 35.1.g) de los Estatutos de la Federación de Municipios de Madrid actualmente vigentes.
EXPONEN
Que corresponde a la Consejería de Vivienda y Administración Local el desarrollo, la
coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de Cooperación con la Administración Local, de conformidad con la adscripción establecida en el
artículo 7 del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el artículo 6 del Decreto 273/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Administración Local.
Los principios que rigen la actividad en que se concretan las competencias referidas se
orientan a la consecución de una mejora sustancial de los servicios que están obligados a
prestar los Municipios de la Comunidad de Madrid, mediante la mejora de sus recursos y una
intensa labor de asesoramiento y asistencia especialmente, conforme señala el artículo 123
de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, dirigida a las Entidades de menor capacidad económica y de gestión.
De esta manera, se pretende conseguir el objetivo básico de reforzar la Administración
Local Madrileña en sus diferentes elementos institucionales, organizativos y funcionales,
partiendo de las siguientes premisas básicas:
— Garantizar la prestación de servicios de competencia municipal en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
— Profundizar en el desarrollo regional sostenible.
BOCM-20210621-30
Primero
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
Pág. 107
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda y Administración Local
30
CONVENIO de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid
(Consejería de Vivienda y Administración Local) y la Federación de Municipios
de Madrid, por el que se regula la concesión directa de una subvención para el
funcionamiento y actividades de la Federación correspondiente al año 2021.
En Madrid, a 10 de junio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don David Pérez García, Consejero de Vivienda y Administración Local, nombrado mediante Decreto 58/2019, de 19 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto de 2019), actuando en uso de las competencias que le son propias, otorgadas por el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13
de enero; el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con lo previsto en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, don Guillermo Hita Téllez, Presidente de la Federación de Municipios
de Madrid, en ejercicio de las competencias recogidas en la disposición adicional quinta de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con
el artículo 4.6 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el ejercicio de las competencias que le son conferidas los artículos 29.2
y 35.1.g) de los Estatutos de la Federación de Municipios de Madrid actualmente vigentes.
EXPONEN
Que corresponde a la Consejería de Vivienda y Administración Local el desarrollo, la
coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de Cooperación con la Administración Local, de conformidad con la adscripción establecida en el
artículo 7 del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el artículo 6 del Decreto 273/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Administración Local.
Los principios que rigen la actividad en que se concretan las competencias referidas se
orientan a la consecución de una mejora sustancial de los servicios que están obligados a
prestar los Municipios de la Comunidad de Madrid, mediante la mejora de sus recursos y una
intensa labor de asesoramiento y asistencia especialmente, conforme señala el artículo 123
de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, dirigida a las Entidades de menor capacidad económica y de gestión.
De esta manera, se pretende conseguir el objetivo básico de reforzar la Administración
Local Madrileña en sus diferentes elementos institucionales, organizativos y funcionales,
partiendo de las siguientes premisas básicas:
— Garantizar la prestación de servicios de competencia municipal en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
— Profundizar en el desarrollo regional sostenible.
BOCM-20210621-30
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