D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210621-23)
Autorización estación ITV – Resolución de 26 de abril de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la puesta en servicio y explotación de la estación de inspección técnica de vehículos de la sociedad ITV Barbastro, S. A. U., situada en la calle Levante, número 10, de Mejorada del Campo (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
Pág. 69
suspendida o revocada, en los casos contemplados en la legislación vigente, así como por
incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en la presente resolución.
6. Las actuaciones de la Estación seguirán, en su labor profesional, las normas y disposiciones oficiales de aplicación en materia de inspección técnica de vehículos, y de manera muy específica el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, contemplado en el artículo 8 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, así como la normativa,
circulares y comunicados dimanantes de la Comunidad de Madrid en esta materia.
Tercero
La concurrencia de los supuestos recogidos en el artículo 23 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, podrá conllevar la suspensión temporal o la retirada de la
autorización para el ejercicio de la actividad de inspección técnica de vehículos concedida.
Asimismo, podrá revocarse o suspenderse la presente autorización en cualquiera de los supuestos regulados en la Sección Tercera del Capítulo II del Decreto 8/2011, de 17 de febrero.
Cuarto
BOCM-20210621-23
La presente autorización es otorgada sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Competitividad de la Comunidad
de Madrid, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 26 de abril de 2021.—El Director General de Industria, Energía y Minas, P. S.
(Orden de 18 de marzo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad), el
Viceconsejero de Economía y Competitividad, Rodrigo Tilve Seoane.
(02/20.515/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
Pág. 69
suspendida o revocada, en los casos contemplados en la legislación vigente, así como por
incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en la presente resolución.
6. Las actuaciones de la Estación seguirán, en su labor profesional, las normas y disposiciones oficiales de aplicación en materia de inspección técnica de vehículos, y de manera muy específica el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, contemplado en el artículo 8 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, así como la normativa,
circulares y comunicados dimanantes de la Comunidad de Madrid en esta materia.
Tercero
La concurrencia de los supuestos recogidos en el artículo 23 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, podrá conllevar la suspensión temporal o la retirada de la
autorización para el ejercicio de la actividad de inspección técnica de vehículos concedida.
Asimismo, podrá revocarse o suspenderse la presente autorización en cualquiera de los supuestos regulados en la Sección Tercera del Capítulo II del Decreto 8/2011, de 17 de febrero.
Cuarto
BOCM-20210621-23
La presente autorización es otorgada sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Competitividad de la Comunidad
de Madrid, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 26 de abril de 2021.—El Director General de Industria, Energía y Minas, P. S.
(Orden de 18 de marzo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad), el
Viceconsejero de Economía y Competitividad, Rodrigo Tilve Seoane.
(02/20.515/21)
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ISSN 1989-4791