C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210616-36)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 9 de junio de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para la creación del Área de Planeamiento Específico 15.16 “La Elipa” y la delimitación de la Unidad de Ejecución Única del Distrito de Ciudad Lineal
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B.O.C.M. Núm. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JUNIO DE 2021

Pág. 149

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
ACUERDO de 9 de junio de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para la creación del Área de Planeamiento Específico 15.16
“La Elipa” y la delimitación de la Unidad de Ejecución Única del Distrito de
Ciudad Lineal.

I. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer unas nuevas determinaciones de ordenación urbanística en el vigente ámbito del Área de Planeamiento Remitido APR 15.03
“La Elipa”, que permitan la transformación y modernización de las actuales cocheras de la
Empresa Municipal de Transportes de Madrid (EMT) en consonancia con los objetivos fijados en el “Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Ciudad de Madrid”, aprobado definitivamente el 21 de septiembre de 2017, manteniendo en el resto del suelo que
constituye el ámbito, los usos dotacionales existentes y en funcionamiento en la actualidad,
deportivo y zonas verdes de nivel básico.
La Modificación Puntual propuesta mantiene el régimen urbanístico de Suelo Urbano
No Consolidado definido por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997
(PG97) y propone la modificación de la ordenación en el APR 15.03 “La Elipa” creando un
Área de Planeamiento Específico APE 15.16 “La Elipa”.
El ámbito que abarca la Modificación Puntual está formado por tres parcelas de titularidad pública: La primera de ellas, propiedad de la Empresa Municipal de Transportes
de Madrid, que se incluye íntegramente; y las otras dos, propiedad del Ayuntamiento de
Madrid, que se incluyen parcialmente. La superficie total del ámbito medida digitalmente
es de 66.602,18 m2.
II. Respecto al contenido de la Modificación Puntual propuesta, se trata de una actuación de transformación urbanística en su modalidad de actuación de reforma de la urbanización, ya que tiene por objeto reformar o renovar la urbanización de un ámbito de suelo
urbanizado para crear, junto con las correspondientes infraestructuras y dotaciones públicas, una o más parcelas aptas para la edificación o uso independiente y conectadas funcionalmente con la red de los servicios exigidos por la ordenación territorial y urbanística.
Se incorporan en el expediente las correspondientes Fichas de Condiciones del
APE 15.16 “La Elipa”, determinando los parámetros urbanísticos correspondientes a la superficie de las parcelas dotacionales y resto de condiciones que deben satisfacer las edificaciones, así como otras determinaciones de la ordenación pormenorizada. En dichas Fichas de Condiciones se señala expresamente que:
— El ámbito de la Modificación Puntual propuesta no altera la delimitación física y
la cuantificación definida en el PG97, siendo coincidente.
— El uso global pasa de residencial a dotacional. Se elimina el uso residencial y su
edificabilidad lucrativa (37.500 m2c) para destinar toda la superficie del ámbito a
usos dotacionales públicos.
— La nueva ordenación supone incrementar la superficie de suelo destinada a usos
dotacionales públicos de 46.000 m2 a 66.602,18 m2.
— Se produce una disminución de las zonas verdes públicas cifrada en 20.411,31 m2s
y un incremento del uso deportivo público en 1.113,49 m2s.
— Se establece la creación de 39.900 m2 de suelo para uso de servicios de logística
del transporte.
III. En cuanto al Procedimiento Ambiental, la propuesta ha sido valorada por la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid, mediante Informe Ambiental Estratégico emitido el 24 de febrero de 2020.
Se incorpora en las Normas Urbanísticas del Documento de Ordenación Pormenorizada el “Capítulo VI. Condiciones Ambientales y Consideraciones Informes Sectoriales”,
donde se incluyen las determinaciones, condicionantes y consideraciones ambientales con-

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