D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO (BOCM-20210616-60)
Convenio –  Convenio de 2 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) y la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de Madrid, con destino a actividades de difusión de la música clásica durante el año 2021
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 210

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 142

Segunda
Obligaciones de la FORCAM
Previamente a la suscripción del presente Convenio, la FORCAM deberá aportar la
oportuna declaración responsable de no estar incursa en alguna de las causas contempladas
en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; una
declaración responsable de las ayudas concurrentes que pudiera obtener, de conformidad
con el artículo 19 de la mencionada Ley, dada la compatibilidad de esta ayuda con otras que
se pudieran otorgar para el mismo fin y declaración responsable de no haber sido condenado todo el personal (incluido el voluntario) dependiente de la entidad que desarrolle actividades en contacto habitual con menores por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Llevar a cabo las actividades para la que se concede la presente subvención, consistente en la realización de actividades de difusión de la música clásica. Entre las que se encontrarán las siguientes:
1.

Orquesta de la Comunidad de Madrid:

— Ciclo de Abono en el Auditorio Nacional de Música, 12 conciertos de temporada y
uno extraordinario, consistente en repertorio clásico universal y estrenos de obras
de encargo.
— Temporada lírica del Teatro de La Zarzuela.
— Ciclo “Música de Cámara con ñ-a”: en el Teatro de La Zarzuela, 4 conciertos.
— Ciclo de Música de Cámara en la Fundación Canal, 11 conciertos.
— Segunda edición del Festival “Fuera de Red”, en la sede de la Orquesta.
— Grabaciones de bandas sonoras de películas, series y videojuegos, en colaboración
con la Asociación de Compositores de Música para Audiovisual.
2. Coro de la Comunidad de Madrid:
— Ciclo de Polifonía en el Auditorio Nacional de Música, 4 conciertos.
— Ciclo de Abono en el Auditorio Nacional de Música, 7 de los 12 conciertos de la
temporada de la Orquesta.
— Ciclo “A Villa Voz”, en municipios de la región.
— Participación en la segunda edición del Festival “Fuera de Red”, en la sede de la
Orquesta.
3. Área Socio-Educativa:

— Memoria, programas o material impreso acreditativos de la realización de los
eventos objeto de esta subvención.
— Justificar la aportación de la Comunidad de Madrid mediante la rendición de
la oportuna cuenta justificativa, que constará de las facturas, nóminas o cualesquiera otros documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Serán subvencionables los gastos que de manera indubitada respondan a la
naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y
se realicen en el plazo establecido en el presente Convenio, a título enunciativo se entienden incluidos en la subvención los gastos de personal y funcionamiento necesarios para la realización de las actividades, si bien no tendrán
la consideración de gastos subvencionables los de inversión.

BOCM-20210616-60

— Coordinada por seis agrupaciones de la Fundación: Joven Orquesta de la Comunidad de Madrid (JORCAM), Jóvenes Cantoras, Joven Camerata y Pequeños Cantores (todos de la JORCAM), Coro Abierto (compuesto por personas con discapacidad intelectual) y Grupo de Percusión “A tu ritmo” (compuesto por personas con
enfermedad mental grave).
Asimismo, para realizar el objeto del presente Convenio, la FORCAM asumirá las siguientes obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 14 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
a) Presentar en un plazo máximo de 1 de febrero de 2022 la siguiente documentación
justificativa de la subvención: