C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210611-19)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 2 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convocan ayudas para el año 2021 dirigidas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 138

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
19

EXTRACTO de la Orden de 2 de junio de 2021, del Consejero de Economía,
Empleo y Competitividad, por la que se convocan ayudas para el año 2021 dirigidas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción
y formación.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden citada
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web: www.comunidad.madrid
Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarios de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas artesanas cuyo origen sea cualquier Estado miembro del Espacio Económico
Europeo y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Asimismo, la actividad desarrollada se ha de corresponder con los oficios y actividades artesanas
incluidos en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid.
No tendrán la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de
las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto.—El objetivo de esta convocatoria, es contribuir a la promoción
comercial de las empresas artesanas, y a la formación en este sector, dentro de las actividades y oficios artesanos incluidos en el Repertorio aprobado por la Ley 21/1998, de 30 de
noviembre, convocando ayudas para el año 2021.
Tercero. Gastos subvencionables.—Se considerarán gastos subvencionables las siguientes actividades de promoción y formación:
a) La participación en ferias de artesanía o sectoriales (en las que haya oferta artesanal)
que tengan un mínimo de 30 expositores y cuya inversión mínima sea de 600 euros
de base imponible.
En este apartado se considerarán gastos subvencionables los correspondientes a inscripción, reserva de espacio, servicio de montaje de stand, alquiler de mobiliario y
presencia en elementos promocionales. En caso de que las condiciones de participación en la feria, requieran una inscripción previa de reserva de espacio, anterior al período de tiempo contemplado en la orden para el desarrollo de las actuaciones, y
siempre que la feria tenga lugar dentro del citado período, será objeto de subvención.
b) La participación en exposiciones abiertas al público orientadas a difundir los oficios artesanos y potenciar nuevas vías de comercialización del producto artesano,
cuya inversión mínima sea de 600 euros de base imponible.
En este apartado se considerarán gastos subvencionables los correspondientes al alquiler del espacio y servicio de montaje e inclusión en el catálogo de la exposición.
c) La participación en ferias virtuales de artesanía o sectoriales, en las que haya oferta artesanal.
En este apartado se considerarán gastos subvencionables los derivados de la inscripción, alquiler de plataformas para la participación de ferias virtuales y su mantenimiento durante la celebración de las mismas.
En esta categoría de feria no se requerirá una inversión mínima de base imponible.
d) La asistencia a cursos de formación y capacitación técnica, presenciales y/o virtuales, dirigidos al titular y/o a los empleados de la empresa beneficiaria de la ayuda,
directamente relacionados con el oficio o actividad empresarial correspondiente,
siempre que el curso individualmente considerado supere la cuantía de 300 euros de
base imponible y tenga una duración mínima de 40 horas.
e) Resto de actividades promocionales, que contribuyan a la difusión de los productos de la empresa artesana, como:

BOCM-20210611-19

BNDS (Identif.): 568131