D) Anuncios - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210611-29)
Convenio –  Convenio de colaboración de 21 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la integración de Samur Protección Civil en el Centro de Atención de Llamadas de Urgencia Madrid 1-1-2 de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 138

VIERNES 11 DE JUNIO DE 2021

Pág. 153

Octava
Modificación
El presente Convenio podrá modificarse por acuerdo expreso de ambas partes.
Novena
Causas de extinción
1. Son causas de extinción de este Convenio las establecidas en el artículo 51 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. En caso de finalización anticipada del Convenio, las actuaciones en curso continuarán su desarrollo hasta su finalización en la fecha prevista en el momento de su programación, por lo que se establecerá un plazo improrrogable que será fijado por las partes
cuando se resuelva el Convenio.
Décima
Consecuencias en caso de incumplimiento de obligaciones y compromisos

BOCM-20210611-29

En el caso de resolución por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, con arreglo al artículo 51 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de 30 días naturales con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión
Mixta. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el Convenio.
La resolución del Convenio por esta causa no conllevará indemnización por los perjuicios
causados, al no haber obligaciones y compromisos económicos asumidos entre las partes.
Y, de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las administraciones que
representan, suscriben por triplicado el presente convenio, quedando un ejemplar en poder
de cada una de las partes, en el lugar y fecha arriba indicados.
Madrid, a 21 de mayo de 2021.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Justicia Interior y Víctimas y Presidente del Organismo Autónomo Madrid 112, Enrique López
López.—Por el Ayuntamiento de Madrid, la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz,
Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, María Inmaculada Sanz Otero.
(03/19.034/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791