Leganés (BOCM-20210610-87)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 137

JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

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ta identificar el origen de la ayuda, respetando su diseño en cuanto a forma, texto y colores.
Su visibilidad y relevancia deberán ser análogas a las de otros posibles escudos o logotipos.
Asimismo, la concesión de la ayuda conlleva la autorización al Ayuntamiento de Leganés para hacer uso no comercial del proyecto subvencionado o del material derivado del
mismo, tales como grabaciones, fotografías, etc. El Ayuntamiento de Leganés se reserva el
derecho de la publicación de los proyectos subvencionados, con fines de interés sociales.
De acuerdo con el artículo 85 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el
órgano concedente se reserva el derecho a realizar inspecciones sobre una muestra aleatoria de los beneficiarios con el fin de comprobar materialmente la realización de la actividad
subvencionada y la adecuada difusión de la ayuda concedida.
El incumplimiento de las obligaciones señaladas, así como los restantes supuestos establecidos en los artículos 37 de la LGS y 91 a 93 del RLGS, darán lugar al reintegro de las
cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.
En caso de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser reintegrada
se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, siempre que la actividad desarrollada se aproxime significativamente al cumplimiento total y se acredite por los beneficiarios una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.
El reintegro del importe percibido, cuando proceda, se regirá por lo dispuesto en el título II de la LGS y en el título III del RLGS.
Decimoséptima.

Incompatibilidad con otras ayudas municipales

Estas ayudas son incompatibles con las recibidas de otras Concejalías del propio.
Ayuntamiento, para el mismo Proyecto, pero sí son compatibles con las que pudieran
ser concedidas por otros organismos públicos y privados, siempre que no supere el total del
presupuesto destinado a la realización del proyecto.
Decimoctava. Responsabilidad y régimen sancionador
Los beneficiarios de estas ayudas quedarán sometidos al régimen sancionador en materia de subvenciones que establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimonovena. Régimen jurídico
En todo lo no previsto en las presentes bases, así como respecto a la interpretación de
las mismas se estará a lo que disponga la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Se faculta a la Concejala-Delegada de Educación para dictar cuantas instrucciones fuesen necesarias en lo referente a la aclaración de las presentes bases.
Protección de datos de carácter personal

En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales, y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos personales facilitados, así como los que sean requeridos posteriormente para completar
el expediente, podrán ser incorporados a un fichero, cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento de Leganés.
Con la remisión de los datos, se presta consentimiento expreso para que se pueda llevar a cabo el tratamiento de los mismos, siempre para el cumplimiento de las finalidades
propias del Ayuntamiento. Asimismo, queda informado de que podrá ejercitar su derecho
de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos mediante comunicación escrita al Ayuntamiento de Leganés.
La presentación de solicitud de ayuda implicará la aceptación de la cesión de los datos
contenidos en la misma al Ayuntamiento de Leganés con fines de estadística, evaluación y
seguimiento y para la comunicación de los diferentes programas subvencionados por el
Ayuntamiento.
Leganés, a 28 de mayo de 2021.—La concejala-delegada de Educación, Discapacidad,
Inmigración, Infancia y Juventud, Virginia Jiménez Calero.
(03/19.417/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210610-87

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