C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210610-27)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1503/2021, de 28 de mayo, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión de becas para el estudio de programas de segunda oportunidad
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BOCM

JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 137

tivo Político 4 “Una Europa más social: aplicación del pilar europeo de derechos sociales”,
y se ajusta a dos de los objetivos específicos que se recogen en el borrador del Reglamento del FSE+.
Para programar el cumplimiento del citado objetivo, en el marco de las competencias anteriormente señaladas y de conformidad con lo previsto en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Consejería de Educación
y Juventud formula el presente Plan Estratégico en el que se definen los objetivos y efectos
que se pretenden alcanzar mediante el establecimiento de becas para la promoción de la
educación profesional en centros públicos, concertados o privados, situados en el ámbito
territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería de Educación y Juventud, o desarrollados por Ayuntamientos u entidades sin ánimo de lucro que desplieguen su
actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de cualquier organismo público.
Por cuanto antecede, en virtud de las competencias que me confieren el artículo 8 del
Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud, y a fin de dar cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 4 bis) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Aprobar el Plan Estratégico de la Consejería de Educación y Juventud, que se adjunta como Anexo, relativo a la convocatoria de becas para estudio de Programas de Segunda Oportunidad en centros públicos, concertados o privados situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, autorizados por la Consejería de Educación y Juventud o
desarrollados por Ayuntamientos u entidades sin ánimo de lucro que desplieguen su actividad dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de cualquier organismo público para subvencionar este tipo de actividad.
Madrid, a 28 de mayo de 2021.
El Consejero de Educación y Juventud en funciones,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO

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