C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210610-29)
Bases concesión ayudas –  Orden 1526/2021, de 28 de mayo, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se aprueban las bases y se convoca el procedimiento para la concesión de ayudas por gastos de desplazamiento para el curso escolar 2020-2021, destinadas a los funcionarios de Cuerpos docentes no universitarios al servicio de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 137

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

Pág. 139

Séptima
Incompatibilidad y cuantía máxima de las ayudas
Las ayudas objeto de esta convocatoria son incompatibles con cualesquiera otra, que
con la misma finalidad procedan de cualquier Administración o entidad pública o privada.
La cuantía de las ayudas concedidas por los tramos 1 y 2 no podrá superar el importe
total del abono transporte que cubra los desplazamientos entre el domicilio y el centro de
trabajo del funcionario, ni el gasto efectivamente realizado en abono de transporte.
Octava
Habilitación
Se faculta a la Dirección General de Recursos Humanos para dictar cuantas Instrucciones sean necesarias para la ejecución de la presente Orden.
Novena
Recursos contra la convocatoria
De conformidad con los artículos 115,123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el titular de la Consejería de Educación y Juventud o, directamente recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 28 de mayo de 2021.

BOCM-20210610-29

El Consejero de Educación y Juventud en funciones,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO