Cobeña (BOCM-20210609-52)
Organización y funcionamiento. Ordenanza protección y fomento arbolado
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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COBEÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial del Ayuntamiento de Cobeña, aprobatorio de la Ordenanza municipal Reguladora de las Actuaciones de la Ley 8/2005,
de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado de la Comunidad de Madrid,
cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo.

Los árboles son una parte importante del municipio de Cobeña, ofreciendo una amplia
variedad de beneficios al medio ambiente, por lo que es necesaria la adopción de medidas
encaminadas a su fomento y protección.
Entre dichas medidas, a través de la presente ordenanza se pretende regular aquellos
supuestos en que siendo la tala la única alternativa, es obligatoria su reposición mediante la
plantación de nuevos ejemplares.
El municipio de Cobeña, por sus características ambientales y urbanísticas, cuenta con
la existencia de un enorme patrimonio verde en suelo urbano público y privado que, según
Inventario de fecha 1 de agosto de 2007, ascendía a 3.978 ejemplares.
Aunque, como regla general, está prohibida la tala de los árboles protegidos por la
Ley 8/2005, de Protección y Fomento del Arbolado de la Comunidad de Madrid, sin embargo, en ocasiones esta es la única alternativa posible, ya que, por motivos de densidad del
arbolado, estado del mismo, verse necesariamente afectados por obras de construcción, reparación o reforma de edificaciones o por la construcción de cualquier tipo de infraestructuras, resulta imposible proceder a su trasplante.
Igualmente, la ejecución de proyectos de urbanización en los desarrollos urbanísticos
previstos en las vigentes NN. SS. de planeamiento, en ocasiones requiere y hace necesario
talar gran número de árboles, resultando en ocasiones imposible proceder a su trasplante en
otros lugares del municipio, debido a la inexistencia de un vivero municipal y a la falta de
superficies susceptibles de acoger las plantaciones.
Dicha circunstancia también afecta a determinados particulares que pretenden efectuar
edificación en parcelas donde existen árboles que deben ser talados para permitir la ejecución de la edificación proyectada.
Por lo tanto, se hace necesario elaborar una disposición que regule las actuaciones de
reposición de la tala de arbolado urbano en los supuestos en que no sea posible proceder a
su trasplante desde un punto de vista estrictamente técnico y económico, permitiéndose la
opción de compensar las talas realizadas mediante una compensación económica ingresada en las arcas municipales, cuyo importe se determinará, conforme a la valoración económica realizada por los servicios técnicos, sobre los costes que supone la plantación de un
ejemplar adulto de la misma especie o similar por cada año de edad del árbol talado, incluyendo el precio de suministro, transporte, trabajos de plantación, riego y mantenimiento durante el primer año de los ejemplares obligados a plantar, destinándose dicho importe íntegramente a un “fondo de mejora del patrimonio natural del municipio de Cobeña” afectado
a la realización de actividades de recuperación, fomento, conservación y mantenimiento del
arbolado, de cuyo destino se informará los ciudadanos.
La presente ordenanza se elabora de conformidad con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, trasparencia y eficiencia; está justificada por
razones de interés general, como es la protección del medio ambiente, reconocido en nuestra Constitución dentro de los principios rectores de la política social y económica, conteniendo la regulación imprescindible para atender a las necesidades que se pretenden cubrir

BOCM-20210609-52

«ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN Y FOMENTO
DEL ARBOLADO QUE REGULA LA REPOSICIÓN DE LA TALA
DEL ARBOLADO URBANO EN COBEÑA