Málaga número 9 (BOCM-20210609-187)
Ejecución 166/2019
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 136

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
187

MÁLAGA NÚMERO 9
EDICTO

D/Dª MARIA DOLORES FERNANDEZ DE LIENCRES RUIZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 9
DE MALAGA.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 166/2019 a instancia de la parte actora D/Dª. MANUEL REYES MARTIN contra ROYAL AL ANDALUS S.A., HACIENDA LOS OLIVOS, S.A., ASSET MANAGERS GESTION TURISTICA S.L.U., PLANET HOTELES S.A., SEGETUR S.A., LAVANDERIA TURISTICA
DEL SUR S.L., ROYAL PREMIER HOTELES S.A., ROYAL ROMANA PLAYA S.A.,
ROYAL PREMIER CATERING S.L., ARRENDAMIENTOS HOTELEROS DEL SUR
S.L., NEW PROMISE SL y GESTORA BLUE SEA SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 07/05/2021 del tenor literal siguiente:
AUTO
En Málaga, a 7 de Mayo de 2021
HECHOS
PRIMERO.- En este Juzgado se tramita la ejecución nº. 166/19, siendo parte ejecutante D. Manuel Reyes Martin y parte ejecutada Royal Al-Andalus SA, Hacienda Real los Olivos SA, Arrendamientos Hoteleros del Sur SA, Planet Hoteles SA, Asset Managers Gestion Turistica SLU, Royal Premier Hoteles SA, Royal Romana Playa SA, Lavanderia
Turistica del Sur SL, Segetur SA; Royal Premiere Catering SL, habiendo solicitado la parte ejecutante el 2-3-21 la ampliación de la ejecución contra Gestora Blue Sea SA y New
Promise SL.
SEGUNDO.- El 29-4-21 se celebró una comparecencia con la asistencia de la actora
ejecutante, ratificándose la parte ejecutante en su solicitud, la demandada Gestora Blue Sea
SL, New Promise y Royal Al Andalus SA se opusieron a la ampliación.

Primero.- El 3-4-19 se dictó auto por el Juzgado de Primera Instancia de Torremolinos, acordando la administración y posesión interina de los inmuebles objeto de ejecución,
que integran el complejo hotelero denominado Hotel Al Andalus, a favor de la entidad bancaria ejecutante Novo Banco SA y por periodo de dos años en los términos del articulo 690
LEC, designando como auxiliar para el desarrollo de la citada administración a la entidad
mercantil New Promise SL.
Segundo: Que el 12-4-19 New Promise remitió correo electrónico a la administración
de Royal Al Andalus, informando que por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Torremolinos, en el procedimiento de ejecución hipotecaria se ha dictado auto de 3-4-19 que es
plenamente ejecutivo desde su notificación, por el que se acuerda la administración y posesión interina de los inmuebles que integran el complejo hotelero denominado Hotel Andalus, a favor de la ejecutante Novo Banco designándose como auxiliar para el desarrollo de
dicha administración a New Promise, en virtud de dicha resolución y en cumplimiento de
las facultades conferidas por el juzgado en la credencial, le comunica la cuenta operativa a
partir del próximo 15 de abril en que deberán realizarse los pagos pendientes de abono, derivados de la contratación de cualquier servicio ofrecido por el Hotel Royal Al Andalus, ya
sea por la entidad Royal Al Andalus o con las sociedades que manifiestan ser gestoras de
tal negocio hotelero, singularmente, Asset Managers Gestión Hotelera SL y Royal Permiere Catering, folio 731.

BOCM-20210609-187

HECHOS PROBADOS