C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210609-22)
Convocatoria subvenciones –  Orden 847/2021, de 28 de mayo, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 136

Sexto
1. Cada entidad sólo podrá solicitar subvención para una única actuación, bien para
el mantenimiento del servicio de información y orientación o bien para el desarrollo de un
programa. La solicitud se presentará conforme al modelo anexo a la presente convocatoria,
suscrita por quien ostente la representación legal de la entidad.
2. Se deberá aportar la documentación que seguidamente se relaciona:
a) Acreditación del representante legal de la entidad, a la que se acompañará documentación acreditativa del poder de representación que ostenta la persona firmante de la solicitud de subvención, según modelo del Anexo 2 de la Orden de convocatoria.
b) Memoria general de la entidad, según modelo del Anexo 3 de la Orden de convocatoria.
c) Memoria general del servicio o desarrollo del programa para el que se solicita subvención, según modelo del Anexo 4 de la Orden de convocatoria.
d) Memoria para mantenimiento del servicio para el que se solicita la subvención, según
modelo del Anexo 5 o Memoria de desarrollo del programa para el que se solicita la
subvención, según modelo del Anexo 6 de la Orden de convocatoria, para mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad.
El personal consignado en los Anexos 5.H y 6.E de la Orden de convocatoria, será
el asignado específicamente al servicio o programa objeto de esta subvención, en
los que deberán especificarse las horas de la jornada dedicadas a dicho servicio o
programa respectivamente.
e) Declaración responsable del representante legal, por la que asume que la Entidad,
en su condición de responsable de los tratamientos de datos personales desarrollados como consecuencia de la actividad subvencionada, cumple las obligaciones
jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en normativa de protección de datos personales comunitaria y nacional, vigente en cada momento, según el modelo establecido a tal efecto.
En el supuesto de que la entidad no esté obligada a publicar por medios electrónicos el Registro de Actividades de Tratamiento, deberá aportarlo documentalmente, respecto de los tratamientos vinculados a la presente ayuda, cuando así le sea
requerido.
f) Estatutos de la entidad.
g) Último recibo abonado del Impuesto de Actividades Económicas o documentación acreditativa de que la entidad está exenta del pago del citado Impuesto. En
caso de exención, deberá aportarse una declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad de que la misma no ha sido dada de baja en la matrícula de dicho impuesto.
h) En el caso de que la realización de actividades objeto de la subvención implique
contacto habitual con menores, aportar declaración responsable, según Anexo 1
de la Orden de convocatoria, de que ningún miembro del personal (incluido el personal voluntario) dependiente de dicha Entidad que participa en el Servicio de Información y Orientación o en desarrollo de Programas de atención especializada
a personas con discapacidad que concurren a la presente convocatoria de subvenciones, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad
e indemnidad sexual.
3. Solo en caso de formular oposición expresa a la consulta de datos a través de los
sistemas de intercambio de información entre las Administraciones Públicas, o de no autorizar expresamente dicha consulta en el caso de los datos de naturaleza tributaria, deberá
aportar la siguiente documentación:
a) Certificado de estar al corriente de pago de la Agencia Tributaria.
b) Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.
c) Documento acreditativo de alta en el Impuesto de Actividades Económica (IAE).
4. La Administración tiene la obligación de consultar los datos y documentos que se
encuentren operativos en las correspondientes plataformas de consulta, así como la de recabarlos en su caso a través de las redes corporativas, sin que se deba imponer al solicitante la obligación de aportarlos. Quedan excluidos del régimen general de consultas los datos
de naturaleza tributaria para los que el solicitante deberá conceder autorización expresa. La

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Solicitudes y documentación a presentar