C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210609-24)
Bases subvenciones –  Orden 882/2021, de 2 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se modifica la Orden 1049/2017, de 15 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social, modificada por la Orden 1217/2017, de 14 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se corrigen errores materiales de la citada Orden y modificada por la Orden 103/2019, de 6 de febrero
<< 6 << Página 6
Página 7 Pág. 7
-
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 206

MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 136

ro del año siguiente al de la convocatoria. No será necesaria la aportación de la factura, si ya
se hubiera presentado junto a la solicitud en el supuesto del artículo 6.1 l”.
Trece. Se modifica el apartado 2 del artículo 19, que queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 19
Obligaciones de los beneficiarios
2. En las ayudas para la adquisición de los productos previstos en los apartados e),
f), g) y h) del artículo 3.2, los solicitantes deberán realizar la instalación o uso del producto de apoyo en su domicilio particular”.
“DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Anexos
Se derogan el formulario de Solicitud y los Anexos 2 y 3, aprobados por la Orden 103/2019, de 6 de febrero, de modificación de la Orden 1049/2017, de 15 de junio, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la
autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social”.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se habilita al titular de la Dirección General con competencia en materia de atención
a personas con discapacidad a adoptar las medidas necesarias para la aplicación de lo establecido en esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 2 de junio de 2021.

CIAL DE LA

El Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad,
PS, el Consejero de Sanidad en funciones
(Decreto 18/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta),
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

BOCM-20210609-24

(03/20.109/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791