Moralzarzal (BOCM-20210608-61)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 135

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JUNIO DE 2021

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Los períodos de tiempo de experiencia inferiores al mes no puntuarán. En caso de que
en el certificado de servicios prestados aparezca la experiencia señalada por días, se entenderá, a efectos del cómputo de meses completos, que estos tienen treinta días.
Solo se tendrá en consideración la experiencia profesional derivada de servicios prestados en los diez años anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias.
8.2.3. Puntuación de la fase de concurso: Se establecerá la suma de las distintas fases del concurso, siendo FyT (formación y titulación) y Ex (experiencia) el total de los puntos de esta fase: FC = FyT + Ex.
Novena. Calificación
9.1. Calificación de la fase de oposición: La calificación de la fase de oposición será la
media aritmética de los ejercicios de los que consta la fase: FOTest + FOPráctico/2 = Total
puntuación fase de oposición (FO).
Siendo FOTest, la puntación obtenida en la prueba test y FOPráctico, la puntuación
obtenida en el supuesto práctico.
9.2. Calificación final: La puntuación final de los aspirantes vendrá dada por la calificación obtenida en la fase del procedimiento de oposición, más los puntos obtenidos en la
fase de concurso, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntación final: Suma de los puntos de la Fase de Oposición (FO) + puntos obtenidos
en la Fase de Concurso (FC).
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso puede aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición, ni superar el cuarenta por ciento (45 por 100)
de la puntuación total del aspirante.
9.3. Empate: En caso de empate a puntos en la puntuación final, se elegirá al aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.
De persistir este, se dirimirá atendiendo a la mayor antigüedad en las Administraciones Públicas.
Décima. Propuesta y nombramiento del/la aspirante
De acuerdo con las puntuaciones obtenidas, el Tribunal elevará al órgano competente
el expediente de las pruebas selectivas, con la propuesta de nombramiento a favor del/la aspirante que, habiendo superado todos los ejercicios haya obtenido mayor puntuación total.
Finalizadas las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria se constituirá una lista
de espera con el resto de los aspirantes que sigan en puntuación al propuesto y que hayan
superado todos los ejercicios, respetando el orden de puntuación alcanzado en el procedimiento de selección. Pudiendo ser utilizada esta relación complementaria de aspirantes
para en un futuro cubrir suplencias en el puesto.
Undécima. Recursos
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la
actuación del tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los/as interesados/as en los
casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que por el Tribunal se puedan establecer plazos de reclamaciones o impugnaciones a los resultados provisionales de cada una de las pruebas.
ANEXO

Materias comunes
1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. La reforma
constitucional.
2. El Gobierno y la Administración Municipal. Competencias municipales.
3. Los interesados en el procedimiento administrativo: capacidad de obrar y concepto de interesado, Identificación y firma. La actividad de las Administraciones Públicas: normas de actuación, el silencio administrativo. Términos y plazos.

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