D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210608-16)
Convenio – Convenio de colaboración, de 23 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Unión de Consumidores Europeos de la Comunidad de Madrid (Euroconsumo) y los ayuntamientos de Buitrago del Lozoya, Cenicientos, Rascafría, Rozas de Puerto Real, Valdemanco, Valverde de Alcalá y Villavieja del Lozoya, para implantar un sistema de información al consumidor
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 135
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JUNIO DE 2021
Pág. 65
se a adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de esta
obligación por su personal y/o colaboradores durante la vigencia del mismo y después de
su expiración.
El uso de los datos personales para una finalidad distinta convertirá a la parte que realice dicho uso en responsable de las posibles infracciones que se deriven de su uso incorrecto.
Decimotercera
Transparencia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través de los portales web institucionales de la Comunidad de Madrid y de los Ayuntamientos firmantes.
Asimismo, su contenido íntegro será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la
Ley 10/2019, de transparencia y de participación de la Comunidad de Madrid.
Decimocuarta
Régimen jurídico
BOCM-20210608-16
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y,
en lo no previsto en estas, así como para la resolución de las dudas que puedan presentarse, por
lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El contenido de este convenio no está comprendido en el régimen contractual regulado por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y
efectos del presente convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento
prevista en la cláusula décima, serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
Madrid, a 23 de mayo de 2021.—El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, P. D. (Orden de 14 de septiembre de 2015), el Viceconsejero de Economía y Competitividad, Rodrigo Tilve Seoane.—La Presidenta de la Unión de Consumidores Europeos de
la Comunidad de Madrid (Euroconsumo), Rosa María Romero de la Osa Gajate.—El Alcalde de Buitrago del Lozoya, Tomás Fernández Vidal.—La Alcaldesa de Cenicientos, Natalia Núñez Jiménez.—El Alcalde de la Villa de Rascafría, Santiago Marcos García.—El
Alcalde de Rozas de Puerto Real, Javier Vedia Abad.—La Alcaldesa de Valdemanco, Sylvia Déborah Molina Rodríguez.—El Alcalde de Valverde de Alcalá, Gabino de Hago García.—La Alcaldesa de Villavieja del Lozoya, Aránzazu Reguera Carretero.
B.O.C.M. Núm. 135
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se a adoptar todas las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de esta
obligación por su personal y/o colaboradores durante la vigencia del mismo y después de
su expiración.
El uso de los datos personales para una finalidad distinta convertirá a la parte que realice dicho uso en responsable de las posibles infracciones que se deriven de su uso incorrecto.
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Transparencia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través de los portales web institucionales de la Comunidad de Madrid y de los Ayuntamientos firmantes.
Asimismo, su contenido íntegro será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la
Ley 10/2019, de transparencia y de participación de la Comunidad de Madrid.
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Régimen jurídico
BOCM-20210608-16
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y,
en lo no previsto en estas, así como para la resolución de las dudas que puedan presentarse, por
lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El contenido de este convenio no está comprendido en el régimen contractual regulado por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y
efectos del presente convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento
prevista en la cláusula décima, serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
Madrid, a 23 de mayo de 2021.—El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, P. D. (Orden de 14 de septiembre de 2015), el Viceconsejero de Economía y Competitividad, Rodrigo Tilve Seoane.—La Presidenta de la Unión de Consumidores Europeos de
la Comunidad de Madrid (Euroconsumo), Rosa María Romero de la Osa Gajate.—El Alcalde de Buitrago del Lozoya, Tomás Fernández Vidal.—La Alcaldesa de Cenicientos, Natalia Núñez Jiménez.—El Alcalde de la Villa de Rascafría, Santiago Marcos García.—El
Alcalde de Rozas de Puerto Real, Javier Vedia Abad.—La Alcaldesa de Valdemanco, Sylvia Déborah Molina Rodríguez.—El Alcalde de Valverde de Alcalá, Gabino de Hago García.—La Alcaldesa de Villavieja del Lozoya, Aránzazu Reguera Carretero.