D) Anuncios - CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20210607-24)
Convenio –  Anuncio de 24 de mayo de 2021, del convenio de colaboración entre Metro de Madrid, S. A., y el sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor de pilas, acumuladores y baterías (ECOPILAS)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 134

LUNES 7 DE JUNIO DE 2021

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Los residuos serán almacenados y acondicionados de acuerdo con los requisitos mínimos de adecuación recogidos en el Anexo II y Anexo III.
4.3. Recogida de residuos por el SCRAP.
La periodicidad de recogida de los residuos por parte del SCRAP se fijará mediante
acuerdo con La Entidad en base a la tipología del residuo, la capacidad de almacenamiento de cada instalación y los mínimos establecidos por el SCRAP. La Entidad procederá a
solicitar al SCRAP dicha recogida por los canales establecidos en el presente Convenio.
Quinta
Medios a disposición de La Entidad
5.1 Sistema de Información.
El SCRAP pone a disposición de La Entidad su Plataformas de Gestión on-line, accesible a través de Internet desde la cual se gestiona toda la información relativa a las recogidas de residuos realizadas por el SCRAP, garantizando la trazabilidad de los mismos desde la recogida, su almacenamiento y su entrega en planta.
A través de la Plataforma de Gestión, La Entidad podrá realizar las solicitudes de recogida de RPA y, consultar el estado de las mismas (pendiente, gestionado, anulado).
Toda esta información estará disponible on-line para los RPA.
Asimismo, el SCRAP pone a disposición de La Entidad certificados de la correcta gestión del residuo.
El SCRAP facilitará los procedimientos de recogida y gestión de los residuos, en formato electrónico, objeto del Convenio para que sean difundidos entre el personal, tanto propio
como externo, para dar a conocer el sistema de solicitud y seguimiento de recogidas de RPA.
5.2. Informes de gestión.
El SCRAP realizará y enviará previa petición de La Entidad, un informe sobre las recogidas de los residuos. Este informe detallará, por cada instalación, el tipo de residuos, kg
recogidos y fecha de recogida.
5.3. Material, actividades de formación y campañas de recogida.
Previo acuerdo entre las partes, el SCRAP pondrá a disposición de La Entidad el suministro de material de comunicación y sensibilización necesario para establecer campañas
de recogida de residuos.
Sexta
La Entidad se compromete al cumplimiento de los pactos y condiciones establecidos
en el presente Convenio, en concreto:
6.1. Compromisos de carácter general.
Con carácter general, La Entidad asume el siguiente compromiso:
a) Colaborar con el SCRAP en la implantación del sistema que mejor garantice la
adecuada recogida de los RPA objeto de este Convenio, desde el punto de vista de
la eficacia, eficiencia y sostenibilidad ambiental.
6.2. Compromisos específicos.
La Entidad asume los siguientes compromisos específicos:
a) Gestionar en su integridad los procesos necesarios para el depósito de los RPA en
sus instalaciones y contenedores habilitados específicamente para ello, cumpliendo la normativa aplicable respecto al almacenamiento o depósito y a los procesos
necesarios referidos.
b) Cumplir la legislación vigente en materia de residuos, especialmente el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado y la Ley 22/2011 en relación con el almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado de residuos o las normas que los sustituyan.
c) Disponer de un espacio adecuado en sus instalaciones para el almacenamiento
temporal de los RPA, hasta que sean retirados y trasladados bajo la responsabilidad del SCRAP a las instalaciones de gestión final o por terceros de ellos dependientes, garantizando el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la
Ley 22/2011 en relación con el almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado
de residuos.

BOCM-20210607-24

Obligaciones de La Entidad