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Convenio –  Convenio de 20 de mayo de 2021, de Cooperación Educativa entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 133

démicas externas no remuneradas en la sede de la Abogacía General de la Comunidad de
Madrid de los estudiantes matriculados en los estudios oficiales de Grado en Derecho y Doble Grado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas.
Segunda
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que realizarán las
prácticas, y por cada uno de ellos se suscribirá el Anexo denominado Compromiso de Prácticas/Cotutela, de acuerdo con lo establecido en el modelo que forma parte del presente Convenio. En dicho documento se establecerán, entre otros, los datos referentes al estudiante,
junto con los datos identificativos del tutor del UAH y del tutor de la Abogacía General de
la Comunidad de Madrid, fechas de comienzo y finalización, el horario, lugar de desarrollo de la formación práctica, así como el proyecto formativo, a realizar por el estudiante. En
todo caso los horarios serán compatibles con la actividad académica formativa del estudiante así como de representación y participación desarrollada en la Universidad. Este anexo
será firmado por los tutores y por el estudiante.
Tercera
La relación del estudiante con la Abogacía General de la Comunidad de Madrid no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, y del mismo no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, ya que la relación que se establezca
entre el alumno y la Abogacía general de la Comunidad de Madrid no tendrá dicho carácter. La realización en la Abogacía General de la Comunidad de Madrid de las prácticas académicas externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
Asimismo, durante la realización de las prácticas los estudiantes estarán cubiertos por el Seguro Escolar, correspondiente a su matriculación en la Universidad de Alcalá, hasta la finalización del curso académico.
Cuarta
El estudiante desarrollará su estancia en prácticas, bajo la dirección conjunta de un tutor académico, nombrado por la UAH y un tutor designado por la Abogacía General de la
Comunidad de Madrid. Ambos tutores actuarán coordinadamente en el seguimiento de la
formación práctica del estudiante.
El tutor de Abogacía General de la Comunidad de Madrid establecerá las tareas a llevar a cabo por el estudiante, conforme a lo establecido en el proyecto formativo, supervisará y orientará sus actividades. Al finalizar el período de las prácticas, realizará un informe
final, que remitirá al tutor académico de la Universidad de Alcalá. En el caso de las prácticas, recogerá el número de horas realizadas por el estudiante, así como la valoración de las
competencias genéricas y específicas que ha adquirido durante su estancia en la sede de la
Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
Los tutores de las prácticas de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid tendrán derecho:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora mediante un documento acreditativo expedido por la Universidad de Alcalá.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como
del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.

Durante su estancia en prácticas, el estudiante respetará las normas fijadas por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid relativas a horarios, normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales y realizará con diligencia las actividades contenidas en su Proyecto Formativo, siguiendo las indicaciones del tutor asignado por Abogacía General de la Comunidad de Madrid bajo la supervisión del tutor académico de la
Universidad.
Igualmente, el estudiante deberá guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no
utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso será válido no solo durante la práctica, sino una vez finalizada esta. La notificación a la
Universidad por parte de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid de que el estu-

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