Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20210604-51)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 134

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 132

BOCM-20210604-51

Todas estas situaciones tendrán que ser acreditadas mediante los documentos pertinentes y tendrán una puntación de 3 puntos por cada circunstancia (máximo 12
puntos).
C) Para la línea de ayudas COVID-19:
— Personas desempleadas mayores de cincuenta y cinco años.
En caso de personas desempleadas mayores de cincuenta y cinco años, tendrán
una puntuación de 3 puntos por dicha circunstancia.
D) Si tras la aplicación del baremo establecido en los requisitos, persiste el empate
entre dos o más personas solicitantes, se establecerá como criterio de prioridad entre las mismas el menor valor catastral de la vivienda. En este caso, la adjudicación se realizará hasta agotar el crédito disponible siempre que el crédito que reste hasta ello sea suficiente para cubrir el importe de la ayuda de la persona
solicitante a la que corresponda.
E) Si aún persistiese el empate entre dos o más solicitantes, se establecerá como criterio
de prioridad entre ellos la mayor antigüedad de empadronamiento de dichos solicitantes en el municipio de Rivas-Vaciamadrid, realizándose la adjudicación hasta
agotar el crédito disponible siempre que el crédito que reste hasta ello sea suficiente para cubrir el importe total de la ayuda del solicitante al que corresponda.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes
será desde el siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el 16 de julio de 2021.
Las solicitudes para las diferentes líneas de ayudas contempladas en el presente Plan
se formalizarán en el modelo que figura como Anexo I a la presente convocatoria, seleccionando la correspondiente línea de ayudas en el mismo, e irán acompañadas de la documentación requerida, en las oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía, mediante la petición de cita previa en www.rivasciudad.es
Cuantía.—El presupuesto de la presente convocatoria asciende a 80.125,00 euros, que
se financian íntegramente con presupuesto municipal en la línea de ayudas denominada
“0314/23100/48000 Ayuda mantenimiento vivienda habitual”.
Las subvenciones contempladas como líneas de ayudas en el presente Plan serán incompatibles entre sí y con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso que se haya
obtenido para la misma finalidad, por tanto, las personas solicitantes deberán optar por una
única línea de este Plan de Ayudas.
Período subvencionable.—2021.
Rivas-Vaciamadrid, a 20 de mayo de 2021.—El alcalde, Pedro del Cura.
(03/19.306/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791