Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20210604-51)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 132

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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RIVAS-VACIAMADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 20 de mayo de 2021, por el que se aprueban
las bases reguladoras del Plan de Ayudas Municipales para obligaciones derivadas del mantenimiento de la vivienda habitual 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/566648):
Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto regir el Plan de Ayudas 2021 dirigido
a apoyar económicamente a la ciudadanía del municipio de Rivas-Vaciamadrid para colaborar como compensación en los gastos derivados y/o repercutidos del mantenimiento de
la vivienda que constituya su domicilio habitual.
Estas ayudas no tienen el carácter de exención ni bonificación en cuanto a la obligación establecida en el impuesto sobre bienes inmuebles regulado en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Regulación jurídica.—El procedimiento se regirá por lo dispuesto en las presentes bases y, en su defecto, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así
como por el Reglamento General de Subvenciones aprobado por el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
Beneficiarios.—Las personas físicas empadronadas en el municipio de Rivas-Vaciamadrid con al menos seis meses de antigüedad, que sean titulares (en régimen de propiedad, usufructo o por contrato de arrendamiento) de la vivienda que constituya su domicilio
habitual a 1 de enero del año 2021.
Procedimiento de concesión.—Teniendo en cuenta la limitación presupuestaria de la
convocatoria, en el caso de que por el número de ayudas solicitadas se supere las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria, no pudiendo por tanto ser atendidas todas las
solicitudes, la concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, en cuyo caso
se estimarán aquellas que –reuniendo los requisitos establecidos en la convocatoria– obtengan mayor puntuación por aplicación de los criterios que se indican a continuación, hasta
agotar el crédito disponible:
A) Criterio según composición familiar para todas las líneas de ayuda contempladas:
Número de miembros de la unidad familiar:
— Entre 1 y 2 miembros: 1 punto.
— Entre 3 y 4 miembros: 2 puntos.
— 5 o más miembros: 3 puntos.
En caso de familias monoparentales-monomarentales se incrementará en uno el
número de miembros de la unidad familiar.
B) Para todas las líneas de ayuda contempladas, en las situaciones sociales de las personas titulares de la vivienda o contrato de arrendamiento y/o integrantes de la
unidad familiar o unidad de convivencia (acumulables entre sí):
— Estar en posesión de un Grado de Discapacidad igual o superior al 33 por 100.
— Tener reconocido Grado II o III de Dependencia.
— Ostentar el acogimiento familiar de menores formalizado por la Comunidad
de Madrid.
— Personas desempleadas mayores de cincuenta y cinco años.

BOCM-20210604-51

BDNS (identif.): 566648