D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210604-14)
Convenio –  Convenio de 13 de mayo de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Banco Farmacéutico, para financiar la aportación económica de los pacientes con dificultad de acceso a la prestación farmacéutica
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 132

VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021

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SEXTA.- DESTINO DE LOS DATOS AL FINALIZAR EL CONVENIO.
Una vez cumplido o resuelto el convenio acordada cada parte deberá solicitar a la otra
instrucciones precisas sobre el destino de los datos de carácter personal de su responsabilidad,
pudiendo elegir entre su devolución, remisión a otro prestador de servicios o destrucción íntegra,
siempre que no exista previsión legal que exija la conservación de los datos, en cuyo caso no
podrá procederse a su destrucción.
SÉPTIMA.- EJERCICIO DE DERECHOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
Cada parte deberá dar traslado a la otra de cualquier solicitud de ejercicio del derecho de acceso,
rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y a no ser
objeto de decisiones individualizadas automatizadas, efectuada por un interesado cuyos datos
hayan sido tratados por la otra con motivo del cumplimiento del objeto del convenio, a fin de que
por el mismo se resuelva en los plazos establecidos por la normativa vigente.
El traslado de la solicitud a la otra parte deberá hacerse con la mayor celeridad posible y siempre
dentro del plazo de dos (2) días hábiles, a contar desde la recepción de la solicitud, juntamente, en
su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
Asimismo, las partes deberán tramitar cualquier instrucción relativa a derechos de acceso,
rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y a no ser
objeto de decisiones individualizadas automatizadas, que reciban de la otra, a la mayor celeridad
posible, y siempre dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles a contar desde la recepción de
la solicitud, confirmando por escrito tanto la recepción de la solicitud como la ejecución de la tarea
encomendada.
OCTAVA.- RESPONSABILIDAD.
Los corresponsables se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en este
convenio y en la normativa vigente.
Cada parte tendrá responsabilidad en el caso de que destine los datos a otras finalidades, los
comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del convenio, respondiendo de las
infracciones en que hubiera incurrido personalmente.

BOCM-20210604-14

Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de dicha
infracción.